<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page><bold>Resolución Nº 40- Dirección de Servicios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia</bold> Córdoba, 14 de febrero de 2014 VISTO: Los requerimientos efectuados por numerosos Tribunales, de contar en los listados de Peritos Judiciales con otras Especialidades y Subespecialidades diferentes de las que actualmente alude la reglamentación vigente. Y CONSIDERANDO: I) Que, por Acuerdo Reglamentario Nº 3 Serie “B”, de fecha 22 de septiembre de 1994, se reglamenta la inscripción y designación de Peritos Judiciales, aprobando en su Art. 10º) el listado correspondiente. II) Que, en el mismo se establecen las facultades del Director del Área para que anualmente lo actualice, según las necesidades del servicio. Por todo ello, <bold>El Sr. Director del Área de Servicios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia, </bold> RESUELVE: 1) Ampliar la lista de Especialidades, en la que podrán inscribirse los interesados, con el título de “PERITOS EN PAPILOSCOPÍA” para actuar en Sede Judicial. 2) Incorporar a esos efectos en el sistema informático, perteneciente al Registro de Peritos Judiciales, la siguiente disciplina: Especialidad: PAPILOSCOPIA. 3) Protocolícese. Comuníquese al Boletín Judicial, al Boletín Oficial y a Fiscalía General de la Provincia de Córdoba. &#9632;</page></body></legislacion>