<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page><bold>Acuerdo Nº 612 - Serie “A”. </bold> En la ciudad de Córdoba, a treinta días del mes de diciembre del año dos mil trece, con la Presidencia de su titular, Dr. Carlos Francisco García Allocco, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa Tarditti, Armando Segundo Andruet (h) y María de las Mercedes Blanc G. de Arabel, con la asistencia de la señora Directora del Área de Administración, a cargo de la Administración General, Cra. Beatriz María Roland de Muñoz Y ACORDARON: Y VISTO: Que por Acuerdo Reglamentario N° 1081 Serie “A” del 12/12/2011 se dispuso la asignación de turnos para las Internaciones Judiciales a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial y Asesorías Letradas del respectivo fuero, del Centro Judicial de la Capital para el año 2012. Que es necesario establecer el nuevo cronograma del turno para el año 2014, teniendo en cuenta las pautas establecidas en las normas reglamentarias dictadas para años anteriores. Y CONSIDERANDO: I) Que es necesario realizar el cronograma de turnos fijados para las Internaciones Judiciales para el año 2014, conforme a las pautas fijadas para el año 2012 por Acuerdo Reglamentario N° 1081 “A” del 12 de Diciembre de 2011. II) Que como consecuencia de lo expuesto, el turno de Internaciones judiciales involuntarias de los Juzgados en lo Civil y Comercial del Centro Judicial de la Capital para el año 2009, quedará conformado junto al Asesor Letrado que corresponda, y según el turno establecido para éstos. Por ello y en virtud de la atribución conferida por el Art. 12, incisos 24, 25 y 32 de la Ley Orgánica del Poder Judicial N° 8435, SE RESUELVE: 1) Asignar los turnos para las Internaciones Judiciales del año 2014 a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial y Asesorías Letradas del respectivo Fuero del Centro Judicial de la Capital, conforme al cronograma dispuesto en el Anexo Único, que forma parte del presente acuerdo. 2) Disponer que el turno de Internaciones Judiciales asignado a los Juzgados y Asesores Letrados del fuero, que les corresponda intervenir, comience a las ocho horas del respectivo día, según el cronograma mencionado. 3) Establecer que el cronograma de turnos continúe conforme el orden de Nominación de cada Juzgado y el Asesor Letrado correspondiente, durante los recesos de enero y julio de 2014. 4) Disponer que por Secretaría del Juzgado de Feria, al finalizar dicho receso, se realice un paquete y un listado de las causas ingresadas referidas a Internaciones Judiciales por juzgado de turno, el cual deberá ser remitido, junto a los respectivos expedientes, al Área de Recursos Humanos. Dicha Área deberá enviar cada paquete con su listado junto con los expedientes, a los Juzgados que estuvieron de turno durante el receso, el primer día hábil del año 2014. 5) El Área de Recursos Humanos deberá remitir antes de cada finde año, copia del acuerdo a los Tribunales y Asesorías Letradasinvolucrados, a la Mesa de Entradas General del Fuero Civil yComercial y a las Asociaciones Profesionales del medio. Comuníquese a los Juzgados y Asesores Letrados pertenecientes al Fuero Civil y Comercial del Centro Judicial Capital, a la Mesa de Entradas General del Fuero Civil y Comercial, al Colegio de Abogados de la Ciudad de Córdoba, a la Federación de Abogados de la Provincia de Córdoba, al Boletín Oficial; incorpórese en lapágina WEB del Poder Judicial y dése la más amplia difusión. N. de R.- Se publica sin ANEXO UNICO.&#9632;</page></body></legislacion>