<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page><bold>DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO Resolución Normativa Nº 3</bold> Córdoba, 29 de febrero 2012 VISTO La Resolución Interna N° 3414/2011 que postergó la obligatoriedad de la Resolución Normativa 02/2011, que instrumentaba la presentación de los trabajos de Mensura, Unión y Subdivisión en formato digital, a partir del 1 de noviembre de 2011. Y CONSIDERANDO: Que durante el mes de enero del año en curso se trabajó, en conjunto con representantes del Colegio de Agrimensores y del Colegio de Ingenieros Civiles, sobre la aplicación informática denominada MD que facilita la presentación digital de trabajos de Agrimensura; Que en el mes de febrero se puso en marcha un piloto de presentación digital de trabajos de Agrimensura, dando resultados satisfactorios su implementación; Que a la fecha no se detecta en la aplicación ningún problema invalidante de la misma y que, bajo ciertas condiciones de configuración del sistema operativo y versiones de los software instalados, es posible utilizarla sin inconvenientes; Que se ha verificado que la presentación digital de los trabajos hace más ágil, eficiente y seguro el proceso de visación de planos e incorporación de las modificaciones al Sistema de Información Territorial (S.I.T.); Que dado los cambios sustanciales en la modalidad de trabajo, se estima conveniente en esta instancia, dejar sin efecto el carácter obligatorio de la misma, y encarar paralelamente diversas acciones con el objeto de difundir los beneficios del sistema e incentivar las presentaciones en tal sentido; Que respecto al ámbito de aplicación de la misma, corresponde establecer la incorporación de la presentación digital de manera gradual, empezando por los inmuebles del Departamento Capital y los correspondientes a las Delegaciones Bell Ville, Laboulaye, Río Cuarto, San Francisco y Villa Carlos Paz en una primera etapa, facultando al Sr. Sub-Director de Jurisdicción Coordinación de Descentralización, a los fines de ir incorporando al régimen al resto de las Delegaciones del interior, en la medida en que las mismas se den las condiciones necesarias para su implementación; Que tomando en consideración los resultados derivados de la puesta en marcha del proceso, han surgido diversos aspectos de la Resolución Normativa 01/2011 que requieren ser adecuados; en particular los referidos a los requisitos de presentación de los expedientes establecidos en los puntos 17.1. apartados “a” y “ñ” y 17.1 apartado “e”. Atento ello, en ejercicio de las facultades conferidas por los arts. 41, 48 y 49 de la ley N° 5057 y su decreto reglamentario 7949/69, <bold>EL DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO RESUELVE:</bold> <bold>Artículo 1.-</bold> Dejar sin efecto la Resolución Normativa 02/2011, y disponer que la presentación de Mensuras en formato Digital, podrá ser efectuada por los profesionales de la agrimensura para todo tipo de trabajo sobre inmuebles del Departamento Capital y los correspondientes a las Delegaciones Bell Ville, Laboulaye, Río Cuarto, San Francisco y Villa Carlos Paz en una primera etapa. <bold>Artículo 2.-</bold> Facultar al Sr. Sub-Director de Jurisdicción Coordinación de Descentralización, a los fines de ir incorporando en éste régimen a los inmuebles correspondientes a las distintas Delegaciones del interior provincial, en la medida en que cada una de ellas cuente con las condiciones necesarias para su puesta en marcha. <bold>Artículo 3.-</bold> Establecer el carácter optativo de la presentación digital, pudiendo los profesionales presentar sus trabajos de la forma tradicional. Artículo 4.- Modificar los requisitos de presentación de trabajos de Agrimensura en formato digital establecidos en los puntos 17.1. apartado a y ñ y 17.7. de la Resolución Normativa 01/2011, estableciendo: • Las tapas de los expedientes mantendrán el color establecido para cada tipo de trabajo (Amarillo: Simple Mensura y Mensura y Deslinde, Verde: Mensura para Transferencia, Blanco: Mensura –Subdivisión y Subdivisión Ley 13.512, Unión y Futura Unión, Rosa: Mensura de Posesión y Azul: Mensura Parcial, Loteos y Anulación de Loteos), insertándose por la Mesa de Entradas un sello en la carátula con la designación “Presentación Digital de Mensuras”. • Copias de planos: Cuando se realice la presentación digital de los trabajos se incorporará al expediente un solo plano, pudiendo agregar el profesional el número de copias que requiera retirar a los fines de trámites posteriores, hasta un máximo de cinco (5) copias. <bold>Artículo 5.-</bold> Disponer que la presente entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial. <bold>Artículo 6.-</bold> De forma. </page></body></legislacion>