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Asueto para el área jurisdiccional del Palacio de Justicia I

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Se dispuso a causa de las bajas temperaturas y al uso de medios de calefacción eléctrica que alteran el correcto funcionamiento de los sistema de administración de causas

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) dispuso como medida “excepcional y transitoria” declarar inhábiles a todos los fines procesales los días miércoles 4, jueves 5 y viernes 6 de agosto para los fueros y en las causas que se tramiten ante los tribunales, organismos y dependencias jurisdiccionales que funcionen en el Palacio de Justicia I (Caseros 551, Córdoba).
También dispuso decretar asueto para magistrados, funcionarios y empleados de los mismos, quienes permanecerán en estado de “guardia pasiva” y podrán ser convocados ante necesidades urgentes del servicio. La decisión obedece a las bajas temperaturas registradas en Córdoba Capital, a los desperfectos detectados en el sistema de calefacción del edificio y a los inconvenientes registrados en el suministro de energía a los sistemas informáticos de administración de causas en razón del empleo de medios eléctricos de climatización.
Durante este período únicamente continuará prestando servicio en el edificio el personal de las Secretarías, Relatorías y Oficinas de Apoyo del Tribunal Superior, así como todas las áreas administrativas del Palacio de Justicia I. La resolución autoriza excepcionalmente el uso de medios eléctricos de calefacción por parte de quienes deban desempeñar funciones en el edifico afectado.
A fin de salvaguardar los derechos de los ciudadanos, el acuerdo establece que las solicitudes que requieran atención urgente deberán presentarse ante la Secretaría del Tribunal Superior de Justicia del fuero al que corresponda la causa. “La secretaría actuante –señala el acuerdo- comunicará al titular del tribunal u órgano jurisdiccional que corresponda sobre el requerimiento presentado, a fin de que el mismo concurra a su despacho para atender la solicitud de la presentante; llevando a cabo los actos procesales pertinentes, para lo cual deberá declarar día y hora hábil”.

Córdoba, 3 de agosto de 2010.-

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