<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page>Cámara de Apelación con Competencia Concursal 1ª Circunscripción Judicial Acuerdo Administrativo Número: Dos En la ciudad de Córdoba, a los veintiún días del mes de abril de dos mil nueve, se reúnen los Señores Vocales de las Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Segunda y Tercera Nominación de esta ciudad, con competencia exclusiva y excluyente en materia concursal en la Primera Circunscripción Judicial y ACORDARON: Y VISTO: Que el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de esta provincia solicita la prórroga de la fecha que fuera establecida por Acuerdo Administrativo Número Uno, para la presentación de las solicitudes de inscripción para integrar las listas de Síndicos en las categorías A y B. Y CONSIDERANDO: Que tratándose la presente convocatoria de la primera experiencia en que se pone en práctica lo normado por el Reglamento Único aprobado por el Tribunal Superior de Justicia mediante Acuerdo Reglamentario N.º 958 de fecha 9 de diciembre de 2008, se aprecia justificada la inquietud e incertidumbre de que da cuenta en su presentación el Consejo Profesional, lo que revela la procedencia de lo solicitado, y que lleva a autorizar la postergación del vencimiento para la recepción de las solicitudes de inscripción al 29 de mayo del corriente año. SE RESUELVE: Art.1°) Prorrogar el plazo que fuera otorgado para la recepción de las solicitudes mediante Acuerdo Administrativo Número Uno de fecha 6 de marzo de 2009, hasta el día 29 de mayo de 2009. Art. 2°) Publicar el presente acuerdo mediante edictos por el término de cinco días, en el Boletín Oficial de la Provincia; incorpórese en la página Web del Poder Judicial y remítanse gacetillas de prensa a todos los periódicos locales. Comuníquese el presente al Excmo. Tribunal Superior de Justicia requiriendo se sirva autorizar la contratación de la citada publicidad. Art. 3°) Comuníquese al Tribunal Superior de Justicia, a la Sub Área de Documentación e Información Pública del Área de Servicios Judiciales, a la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones del Área de Recursos Humanos, al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba y a los Juzgados con competencia concursal de la Primera Circunscripción Judicial. Art. 4°) De forma &#9632; </page></body></legislacion>