<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page><bold>Ley 26449</bold> El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: <bold>Art. 1 -</bold> Modifícase el inciso 5º del artículo 166 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente manera: 5. Tener menos de dieciocho años; <bold>Art. 2 – </bold>De forma &#9632;</page></body></legislacion>