<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page><bold>Tribunal Superior de Justicia Acuerdo Reglamentario Numero Cincuenta y Cinco - Serie “B”. </bold> En la ciudad de Córdoba, a seis días del mes de mayo del año dos mil ocho, con la Presidencia de la Señora Vocal Decana Dra. María Esther Cafure de Battistelli se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, doctores Aída Lucía Teresa Tarditti, Luis Enrique Rubio, Mercedes Blanc G. de Arabel y Carlos Francisco García Allocco, con la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba, Lic. José M. Las Heras, y ACORDARON: VISTO: La presentación efectuada por la Presidente de la Federación de Entidades Profesionales Universitarias de Córdoba (Fepuc), en la que solicita la prórroga de la fecha de cierre de inscripción en la matrícula de Peritos Judiciales, hasta el día 15 de junio del cte. año, motivado ello en el interés manifestado por los profesionales miembros de la entidad que preside, suscitado por la vigencia de la Ley 9459 que establece un nuevo régimen de honorarios para los peritos judiciales. Y CONSIDERANDO: Las disposiciones contenidas en el Acuerdo Reglamentario N° 3, Serie “B”, del 22 de septiembre de 1994, y atento a los fundamentos expresados, es conveniente y oportuno prorrogar por esta única vez el plazo establecido en el art. 4 del Acuerdo Reglamentario citado. Por todo ello y lo dispuesto por el artículo 12, inc. 15, de la LOPJ Nº 8435, SE RESUELVE: <bold>Art. 1°-</bold> Prorrogar la fecha de cierre de las inscripciones en la matrícula judicial, establecidas en el artículo 4 del Acuerdo Reglamentario N° 3 - Serie “B” del 22 de septiembre de 1994, por esta única vez, hasta el día 15 de junio del año 2008. <bold>Art. 2°-</bold> De forma &#9632;</page></body></legislacion>