<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page><bold>Tribunal Superior de Justicia Acuerdo Reglamentario Número Novecientos Veintiséis- Serie “A” </bold> En la ciudad de Córdoba, a 27 días del mes de diciembre del año 2007, con la Presidencia de su titular doctor Armando Segundo Andruet (h), se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, doctores María Esther Cafure de Battistelli, Aída Teresa Tarditti, Luis Enrique Rubio, María de las Mercedes Blanc G. de Arabel y Carlos Francisco García Allocco, con la asistencia del Director General de Superintendencia Interino Dr. Luis Justiniano León y ACORDARON: VISTO: La presentación efectuada por el Sr. Presidente Dr. Francisco Horacio Gilardoni y los Sres. Vocales Dres. Gabriel Pérez Barberá y Carlos Alberto Salazar de la Cámara de Acusación, en la cual solicitan la reforma de su estructura orgánica, a fin de una mejor prestación del servicio de Justicia por este Tribunal penal de recursos. Y CONSIDERANDO: Que la iniciativa de que se trata se evalúa por los Sres. Magistrados integrantes del Tribunal de grado, con el objeto de lograr un mejor funcionamiento de la Cámara, proponiendo para ello la existencia de una única Secretaría en la misma; así como contar sólo con dos prosecretarios, mientras que en la actualidad existen tres, incluyendo el de Jurisprudencia a cuyo titular se propone reubicar; e incorporar un agente con conocimientos informáticos y para cumplir funciones administrativas, el cual será seleccionado dentro de los recursos humanos existentes en el área jurisdiccional de este Poder Judicial. Que, asimismo, sugieren los Sres. Jueces de Cámara que la propuesta en cuestión se implemente por un plazo de dos años, con el objeto de poder evaluarla en relación con los resultados obtenidos. Que la estructura señalada se funda conceptualmente en el hecho de que siendo la Cámara de Acusación un tribunal de recursos, debe asemejarse más en su organización a este Alto Cuerpo, el que cuenta con un Secretario por fuero, que a una Cámara del Crimen, la cual es un tribunal de juicio. En tal sentido, entienden los magistrados proponentes que se mejoraría el funcionamiento de la Cámara contando con una sola Secretaría, ya que se unificarían los criterios de trabajo a ese nivel de decisión; respondiendo los demás funcionarios y agentes ante una única conducción en tal jerarquía. Que apreciando este Tribunal Superior de Justicia que la iniciativa de que se trata puede resultar adecuada, y atento que la reforma orgánica bajo análisis se propone llevarla a cabo por un plazo experimental de dos años, se entiende viable instrumentar la misma, en la forma en que se eleva para su tratamiento. Que de tal modo, corresponde suprimir la Secretaría N° 2 de la Cámara de Acusación, reubicando a su titular en la Mesa de Entrada del Fuero Penal del Tribunal Superior de Justicia. Que, igualmente, atento lo peticionado en relación con el número de prosecretarios existentes en el Tribunal de que se trata, procede reducirlo a dos; correspondiendo reubicar a una de las Prosecretarias, quien pasará a revistar en la Secretaría de Exhortos de este Tribunal Superior de Justicia. Que lo tratado supra encuentra fundamento legal en las facultades de superintendencia que a este Alto Cuerpo le otorgan los dispositivos contenidos en los incisos 1°, 4°, y 32° del art. 12 de la Ley N° 8435 Orgánica del Poder Judicial. Por todo ello, SE RESUELVE: <bold>Art. 1°.-</bold> Establecer que la Cámara de Acusación de la Primera Circunscripción Judicial funcionará con una única Secretaría, la que actualmente se denomina N° 1, y que se encuentra a cargo del Dr. Esteban Díaz Reyna. <bold>Art. 2°.- </bold>La reestructuración que se establece por el presente Acuerdo tendrá vigencia a partir del día 7 de febrero del año 2008 y por el término de dos años. <bold>Art. 3°.-</bold> Déjanse sin efecto los Acuerdos Reglamentarios N° 276/94-Serie “A”, N° 431/98-Serie “A” y el punto VI del Resuelve del Acuerdo Reglamentario N° 771/05-Serie “A”, así como toda otra disposición que se oponga al presente Acuerdo <bold>Art. 4°.-</bold> Comuníquese y dése la más amplia difusión &#9632; </page></body></legislacion>