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Apertura del Año Judicial 2009 (*)

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1. In memoriam. 2. Fortalezas del Poder Judicial de Córdoba para afrontar los retos del siglo XXI. 3. Los Proyectos 2008-2009 que se vinculan con algunos de los retos para la Justicia del siglo XXI. a) Mejorar el acceso a la Justicia. b) Prevenir la judicialización y ampliar las alternativas de Justicia Restaurativa. c) Preferente enfoque hacia fueros relacionados con Ciudadanos Vulnerables. d) Mejorar la gestión judicial. e) Desconcentrar la gestión administrativa. f) Ampliar la mirada hacia lo transdisciplinario. g) Avanzar en infraestructura edilicia
1. In memoriam
Desde 2007, el Tribunal Superior de Justicia ha retomado la iniciativa del ilustre presidente Enrique Martínez Paz de abrir el Año Judicial con un discurso. No hay Identidad sin Memoria, y vaya en tal sentido evocar que en la inauguración del Período Judicial de 1943 –la sola mención del año nos sitúa en las enormes dificultades de entonces–, el ilustre Presidente, ante la actitud de desencanto y de desdén del hombre moderno frente al derecho, sostuvo que quienes tenemos la responsabilidad de altas funciones públicas “debemos, en tiempos de tormentas, empeñarnos en descubrir la fuente de inspiración de las instituciones, para ayudar a los pueblos a formar su propia imagen de vida”. Describió con crudeza el cuadro contemporáneo y destacó en él “un elemento humano de valer infinito”, el anhelo o la “sed insaciable de justicia”, que pese a la crisis espiritual que “harían suponer que la era del derecho ha pasado en el mundo como pasó, a su tiempo, la de la costumbre primitiva”, existe también “un profundo sentido moral, que aspira a que reine la justicia en el mundo”.
A más de seis décadas, el sentido moral de anhelo de justicia que permanece en cada persona y subyace en la base profunda de las instituciones, nos interpela para renovar nuestro compromiso con el Poder Judicial, desde una actitud de servicio a los ciudadanos, porque como señalara Andruet en la Apertura de 2007, todos “estamos para cumplir con un servicio en la administración de justicia y no para servirnos de ella para la pura satisfacción de nuestros personales proyectos de vida”; por eso es que realistamente siempre habremos de calificarnos con un Poder Judicial “en tránsito” de mejorar ante los retos del siglo XXI.

2. Fortalezas del Poder Judicial de Córdoba para afrontar los retos del siglo XXI
Las modificaciones en los mecanismos de acceso a todos los estamentos y de promoción en el Poder Judicial de Córdoba –gestada en la última década del siglo XX y consolidada en lo que ha transcurrido del siglo XXI– llevan siempre a destacar lo que se ha dado en denominar “Modelo Córdoba”, ya que aun cuando hay avances en todas las jurisdicciones, es entre nosotros en donde seguimos encontrando uno de los desarrollos más intensos de la manda constitucional de la igualdad de oportunidades y selección por idoneidad.
En tal sentido, la selección por concurso para el ingreso de empleados al Poder Judicial; la promoción reglada de la carrera judicial en las categorías anteriores a las del funcionariado; el acceso por concurso de oposición de prosecretarios, ayudantes fiscales y secretarios; la selección por concurso de oposición de jueces, fiscales y asesores por el Consejo de la Magistratura; la difusión anticipada de las personas propuestas para integrar el Tribunal Superior de Justicia y la Fiscalía General a través de un procedimiento similar al previsto para la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la Procuración General, con la posibilidad de que cualquier ciudadano y las instituciones gubernamentales y no gubernamentales pueden presentar por escrito y fundadamente ante la autoridad de aplicación del Poder Ejecutivo “las consideraciones, opiniones, observaciones u objeciones que consideren de interés en relación con las condiciones morales y técnicas del postulante y su compromiso con los principios fundamentales de la Constitución Nacional y de la Constitución Provincial” (decreto 003/2004 PEP), dotan al Poder Judicial de una fortaleza que favorece también la transparencia y la independencia en todos los niveles.
El Poder Judicial de Córdoba viene también haciendo esfuerzos desde la última década para mejorar la productividad mediante múltiples herramientas tales como la fijación de estándares de productividad –según los Fueros por tiempos de resolución o por cantidad de sentencias o resoluciones finales de los procesos– y la ampliación de la jornada de los funcionarios que componen el equipo del juez, que ha posibilitado aumentar el rendimiento, como puede verificarse en la publicación de las estadísticas judiciales.
El Poder Judicial de Córdoba se integra con Centros Judiciales de Mediación, que por su inserción dentro y no fuera de la Justicia, ha merecido el reconocimiento y conforma un modelo que han seguido otros Poderes Judiciales a los cuales se ha prestado colaboración y capacitación para su puesta en marcha, en una experiencia que en la proyección del tiempo ha llevado a desplegarse hasta el presente en los asientos territoriales de seis de sus diez circunscripciones judiciales y en la mayoría de las descentralizaciones de ellas. El desarrollo de la Mediación es congruente con las orientaciones en materia procesal y en consonancia con las conclusiones de los Encuentros Nacionales de Jueces convocados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Desde 2004, el Poder Judicial de Córdoba cuenta con un Código de Ética y un Tribunal de Ética que actúa también a nivel consultivo y puede convocar a amicos curiae. Por su composición –magistrados y abogados jubilados de alto prestigio que se desempeñan ad honorem– y efectivo funcionamiento, ha sido considerada una importante fortaleza para la transparencia de la Justicia de Córdoba.
La Escuela de Capacitación Judicial, que funciona desde hace más de una década, cuenta con una diversidad de programas que muestran la mayor proyección lograda en el tiempo. En tal sentido, existen programas orientados a la Capacitación, Perfeccionamiento y Formación Continua de Magistrados y Funcionarios (Programa A); de Actualización y Perfeccionamiento que se amplía también a abogados (Programa C); de Formación y Capacitación Inicial destinado a futuros magistrados y funcionarios (Programa D), de Extensión destinado a diversas audiencias de la comunidad local, regional, nacional e internacional (Programa E) y de investigación aplicada al ámbito de la administración de justicia (Programa I).
El Poder Judicial de Córdoba cuenta con el Centro de Estudios y Proyectos del Poder Judicial que funciona como espacio institucional donde se enlazan y coordinan las diferentes dimensiones y componentes del sistema judicial, a través de un enfoque multidisciplinario; actúa para coadyuvar en los programas de modernización, colecta y analiza la información proveniente de las diferentes fuentes de producción de datos, lo cual permite –entre otros resultados– contar con estadísticas judiciales confiables, indicadores judiciales como los relacionados con el tiempo promedio de duración de procesos, tasa de resolución y promedios de cantidad de causas por juez.
La Escuela de Capacitación y el Centro de Estudios y Proyectos del Poder Judicial son los ámbitos que coordinan muy importantes procesos de transformación y modernización dentro del Poder Judicial.
También el Poder Judicial de Córdoba ha sido pionero en el país en crear la Oficina de Derechos Humanos y Justicia –que ha seguido el Poder Judicial de Salta– y que tiene como uno de sus objetivos principales brindar ayuda, información y orientación en las distintas áreas de atención a los ciudadanos, en situaciones que deriven de conflictos vinculados con violaciones a los Derechos Humanos. La labor de la Oficina es muy amplia, mereciendo destacarse que ha posibilitado colaborar con muchos ciudadanos en la búsqueda de identidad, brindar recomendaciones destinadas a mejorar las prácticas judiciales hacia las víctimas, personas con patologías psiquiátricas, personas en prisión, difundiendo los documentos internacionales –algunos en su primera traducción al español–, nacionales y locales más relevantes a través de una línea de publicaciones que ha merecido reconocimiento en el país.
Entre las fortalezas del Poder Judicial de Córdoba se encuentran las publicaciones. A la tradicional divulgación de la jurisprudencia se sumaron desde la última década del siglo XX una variedad de publicaciones que merecen destacarse. Entre ellas, nos enorgullecen las que relacionan con nuestra identidad histórica, como el libro “Córdoba y su Justicia 1573-1926”, tanto por la alta calidad de la investigación y la belleza de la edición, al igual que el Catálogo que reúne el patrimonio arquitectónico y cultural del hermoso Palacio de Justicia I donde hoy estamos reunidos. Notables juristas de Córdoba que influyeron mucho más allá de nuestra provincia, y en muchos casos tuvimos el privilegio de que integrasen el Tribunal Superior, han sido recordados a través de la Colección de Homenajes o de Estudios en Homenaje. La Colección de Derechos Humanos y Justicia, con sus siete volúmenes, compone una línea de publicaciones que reúne los documentos internacionales, nacionales y provinciales vinculados con determinados derechos fundamentales.
La publicación “Gobierno, Independencia y Control Institucional” del Centro de Estudios y Proyectos del Poder Judicial, divulga una compilación de Acuerdos del Tribunal Superior con el objetivo de mostrar ante situaciones concretas cómo se ha actuado desde el Poder Judicial con relación a principios institucionales tan relevantes como la salvaguarda de la independencia, la eficiencia, la eficacia y la celeridad procesal. La Colección de Investigaciones y Ensayos de la Escuela de Capacitación –Centro de Perfeccionamiento Ricardo C. Núñez–, por la variedad de campos en los que ellas han sido realizadas, dan cuenta de la importancia de contar en el ámbito del Poder Judicial con un espacio para el pensamiento crítico y objetivo que permita el desarrollo de investigaciones vinculadas a la administración de justicia. La revista de Ciencias Sociales “Miradas Alternativas” del Centro de Documentación Histórica del Poder Judicial, en sus cuatro volúmenes, importa también contar con un espacio abierto para otras dimensiones culturales que no se acotan al Derecho. Y que desbordar lo normativo ha sido el eje temático de todas las convocatorias al Premio Anual, se visualiza en las publicaciones de las premiaciones (“Virtudes judiciales en el contexto actual”, “Estrategias innovadoras para el mejoramiento del servicio de administración de justicia” y “Lo transdisciplinario en la administración de justicia”). Asimismo, el excelente programa de extensión hacia la comunidad “Los jueces van a la escuela” proporcionó dos diferentes ediciones, la última incluida en el sitio del Poder Judicial para permitir un mayor alcance, en tanto se pone a disposición del personal directivo y docentes del nivel medio –en el marco del Convenio celebrado con el Ministerio de Educación de la Provincia– una propuesta metodológica de abordaje de los valores de la paz, la responsabilidad y la justicia.
Desde la última década del siglo XX, el Poder Judicial cuenta con un recurso (tasa de justicia) para afrontar los gastos de funcionamiento, cuya pulcra administración destacada por diferentes composiciones a lo largo de los años del Tribunal de Cuentas de la Provincia, sumado a las posibilidades desde 2004 de completar el proceso de autonomía en su administración, ha permitido afrontar y profundizar dos rangos de inversiones clave: equipamiento y tecnología en el área informática; adquisición, remodelación y mantenimiento de infraestructura edilicia.
Aun cuando se trate de recursos limitados, pero recursos al fin, ningún avance sería posible si no se contase con objetivos claros y personal capacitado para llevarlos a cabo.
En el área de Informática, como señalara Andruet en el discurso de apertura de 2008, el Poder Judicial de Córdoba “ha optado por un modelo de crecimiento informático semejante en el mediano plazo para todos los fueros y no otra manera, donde sólo hay pocos tribunales altamente desarrollados y el resto prosigue con su gestionamiento clásico”. La inclusión de soluciones informáticas para la gestión de macro-oficinas, tales como las Mesas por Fueros tal como ocurre en Capital respecto de la Mesa General Penal, la del Fuero Civil, Concursal y Laboral, la de las Asesorías de Familia, acompañadas con sistemas de administración de causas han sido desarrollados por el Área de Informática con la interacción de Comités de Usuarios. Con esta misma metodología se avanza en este proceso que necesariamente es gradual.
En el Área de Infraestructura, también como se destacara en la apertura de 2008, la totalidad de los proyectos edilicios que el Poder Judicial viene ejecutando “han sido elaborados en sus diseños, utilidad y proyección por los propios equipos técnicos del Poder Judicial”.
Muy difícilmente un juez pueda resolver un conflicto si no cuenta con la posibilidad de informes y pericias de equipos técnicos de diferentes disciplinas. Este proceso que se profundizó en el Poder Judicial en las últimas dos décadas del siglo XX, abarcando otras disciplinas diferentes a la medicina, se ha expandido hacia los diferentes asientos y sedes judiciales, como también en tiempos más recientes mediante la reingeniería de recursos existentes ha posibilitado equipos para demandas muy especializadas (adopciones, y a nivel piloto en las Asesorías de Menores y justicia de Ejecución de penas de capital). La complejidad de ciertos asuntos ha llevado a conformar un Comité de Buenas Prácticas que también debe contabilizarse positivamente.
Cabe computar como una fortaleza que el Tribunal Superior de Justicia haya iniciado, como se anunció en la Apertura del año 2008, la implementación de la reforma administrativa judicial (Acuerdo Nº 916/2007) orientada a un modelo en el que la administración que entonces concentraba se descentralice progresivamente hacia el Administrador General. Como se dijo en esa oportunidad, “Nosotros no aspiramos construir desde el poder más poder”, y con la reforma procuramos “devolver en términos de gestión eficiente y eficaz un resultado óptimo para justiciables y ciudadanos”. Es que un tribunal que concentra múltiples funciones, en tiempos de litigiosidad creciente, tiene que privilegiar la función jurisdiccional y desconcentrar hacia otras áreas especialmente preparadas todo aquello que no incluya trazar las políticas nucleares de la función administrativa.
Con lo hasta aquí dicho, sin pretender agotar todas las fortalezas, podemos sintetizarlas enfatizando que lo que hasta ahora comprende el “Modelo Córdoba” incluye:
– Procedimientos adecuados para garantizar la igualdad de oportunidades y la selección por idoneidad en todos los estamentos de acceso y promoción del Poder Judicial.
– Estándares de productividad y otras medidas complementarias para un mejor servicio de Justicia.
– Centros de Mediación dentro del Poder Judicial.
– Código de Ética y Tribunal de Ética.
– Escuela de Capacitación que abarque además de los programas tradicionales destinados a actualización, formación continua y perfeccionamiento, otros programas inclusivos de lazos hacia la comunidad y de la investigación aplicada a la administración de justicia.
– Áreas especializadas y de conformación transdisciplinaria para los proyectos de modernización y tratamiento de datos (Centro de Estudios y Proyectos).
– Áreas que brindan ayuda, información y orientación a los ciudadanos en situaciones que deriven de conflictos vinculados con violaciones a los Derechos Humanos (Oficina de Derechos Humanos y Justicia).
– Áreas de apoyo a la función judicial que incluyan equipos técnicos multidisciplinarios pertenecientes al Poder Judicial.
– Incorporación de soluciones informáticas desarrolladas por el Área de Informática con participación de usuarios orientadas a brindar gradualmente iguales herramientas para la gestión de la Oficina Judicial.
– Autonomía en la administración de recursos propios (tasa de justicia) al servicio de un proceso de mejora del equipamiento informático y soluciones aplicadas a la gestión judicial y administrativa y de la infraestructura edilicia del Poder Judicial.
– Autonomía para la planificación de la infraestructura edilicia, desarrollo de proyectos y control de su ejecución .
– Desconcentración gradual de la función administrativa del Tribunal Superior en áreas que expliciten programas por objetivos bajo la coordinación del Administrador General.

3. Los Proyectos 2008-2009 que se vinculan con algunos de los retos para la Justicia del siglo XXI
El momento de la Apertura del Año Judicial es propicio para informar el grado de avance de algunos de los proyectos que se vienen desarrollando y ejecutando desde 2008 y los que se emprenderán en 2009.
a) Mejorar el Acceso a la Justicia
Si como se ha recordado al inicio, el anhelo profundo de Justicia nos interpela para renovar nuestro compromiso con el Poder Judicial, desde una actitud de servicio a los ciudadanos, un especial rango tienen aquellos proyectos que se conectan con el acceso a la Justicia, en sintonía con la eficacia de las Reglas Básicas de Acceso a la Justicia de las Personas Vulnerables (XIV Cumbre Judicial Iberoamericana, Brasilia).
Desde 2008, el Tribunal Superior de Justicia se encuentra desarrollando el proyecto de la Oficina de Atención al Ciudadano –contando como áreas de apoyo con la Escuela de Capacitación, el Centro de Estudios y Proyectos y con la Oficina de Derechos Humanos y Justicia– cuyo objetivo principal es el fortalecimiento del acceso a la Justicia, a través de un nuevo espacio que permita una más adecuada atención, información y derivación facilitada a los ciudadanos y brinde sus servicios con la amplitud de 24 horas por medio de múltiples opciones dados los recursos que ofrece la tecnología del siglo XXI. Las excelentes experiencias de la Mesa de Atención Permanente de Asuntos Penales y de la Unidad Judicial de la Mujer, en tanto espacios de atención ininterrumpida, nos permiten contar con un optimismo responsable en la creación de este espacio de mayor espectro. El proyecto tiene dos etapas, una primera que se ejecutará en 2009 para el Centro Judicial Capital y se localizará en Tribunales I, a la que seguirá una segunda etapa que contempla la réplica de la Oficina de Atención al Ciudadano en todas las circunscripciones del Poder Judicial de Córdoba desde 2010.
En 2008 se comenzó a ejecutar una de las etapas de la Reforma de la Estructura Orgánica de la Defensa Pública. La Defensa Pública cumple un rol relevante en la construcción de la accesibilidad a la Justicia, concretizando la efectivización de los derechos de los ciudadanos, en especial de los más vulnerables. El proyecto de reforma fue elaborado horizontalmente con los asesores letrados de todo el Poder Judicial, seguido por un Equipo Interinstitucional de Defensores elegidos por sus pares, con la coordinación de la Escuela de Capacitación y del Centro de Estudios y Proyectos, que posibilitó diferenciar la mutiplicidad de funciones institucionales, judiciales y administrativas que cumplen, identificando el tipo de actividades posibles de derivar hacia colaboradores-auxiliares calificados hacia los que se desconcentran actividades que coadyuvan con el patrocinio y representación de un ciudadano incluido dentro del sistema de asistencia jurídica oficial y de conformidad a la estrategia defensiva trazada por el asesor. Esta Primera Etapa, a través de la inserción en la Defensa Oficial del Colaborador-Auxiliar del Asesor Letrado, con el alcance estipulado en el Acuerdo Reglamentario N° 924/07-Serie “A” 2007, se ha ejecutado en más del 90 por ciento a la fecha, recurriendo como una novedad para la implementación en los procesos de modernización a una Unidad Ejecutora que bajo la coordinación de Centro de Capacitación y del Centro de Estudios y Proyectos Judiciales, incluyó a integrantes del Área Administrativa para recolectar la información necesaria, formular la definición del “puesto de trabajo” y el “perfil” requerido del postulante a desempeñar la mencionada función y efectuar el seguimiento de esta etapa. La Segunda Etapa se emprenderá este año, con el diseño de la Oficina de Apoyo de la Defensa y de Apoyo Múltiple de las sedes judiciales.
b) Prevenir la judicialización y ampliar las alternativas de Justicia Restaurativa
Como lo señalara Andruet en la Apertura del Año Judicial de 2007, la creciente judicialización de la “vida pública y política, privada y doméstica que la ciudadanía ha hecho… agrade mucho o nada, es una realidad de inexcusable atención por los jueces”.
En 2007 ingresaron al Poder Judicial de Córdoba –sin contabilizar los juicios ejecutivos fiscales ni las denuncias por violencia familiar, pues ambos han generado un tratamiento diferenciado –176.324 causas a través de los organismos judiciales iniciales –vgr. Juzgados de 1ª instancia o Fiscalías– que significó un incremento del 17% respecto de las causas ingresadas en 2006. Este volumen supone en términos de promedio, que cada organismo recepta anualmente 1.125 causas. En ese mismo año, se dictaron 241.802 resoluciones jurisdiccionales, capacidad resolutiva que arroja un promedio de 1.168 resoluciones anuales por cada organismo del Poder Judicial de Córdoba.
A la vista de la información estadística de 2007, la que está recolectándose correspondiente al año 2008 permite una proyección de incremento en causas ingresadas respecto de 2007 (que surge de pronosticar idéntico porcentual que el verificado en ese año), sumando 205.806, es decir un 17% más. Si esa proyección se mantuviera para este año 2009 (17% más), es esperable que ingresen 240.217 causas más. Estas proyecciones no contemplan las que han merecido tratamiento diferenciado (juicios ejecutivos fiscales y violencia familiar).
Aunque la capacidad resolutiva siempre puede mejorarse, si se mantuviera o inclusive superara el promedio de 2007, ello no significa que se resuelven más causas que las ingresan. Como sabemos, en el total de resoluciones están incluidas las resoluciones de medidas cautelares, incidentes o recursos, por lo cual en un proceso la mayoría de las veces hay múltiples resoluciones y ello explica la pendencia de causas no resueltas o no concluidas que elonga la duración de los procesos, a pesar de contar con un indicador positivo de capacidad de resolución de conflictos judiciales.
Por ello es que será un objetivo permanente de cada período anual abordar esta realidad, enfocándonos en los conflictos que llegan a la Justicia para que a través de la coordinación intra e interinstitucional adecuada en cada franja de asuntos, puedan abordarse alternativas preventivas de la judicialización o se brinden otras alternativas de solución judicial de conflictos diferentes al litigio.
En el plano de prevenir judicializaciones con relación a ciudadanos con patologías psiquiátricas en el ámbito del fuero civil, en 2008 culminó un periodo de trabajo de coordinación intergubernamental entre el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo por intermedio del Ministerio de Salud. El Poder Judicial venía desarrollando esfuerzos desde 1999 para mejorar las prácticas judiciales con la colaboración comprometida de asesores, jueces civiles, el Área de Servicios Judiciales y la Oficina de Derechos Humanos y Justicia, por lo cual la coordinación intergubernamental con el Poder Ejecutivo fructificó fluidamente y condujo a dictar el Acuerdo Reglamentario Nº 948, Serie A, de 2008, a fin de que, ya contando con una normativa de Salud Mental en el ámbito del Poder Ejecutivo y un programa adecuado para canalizar las demandas de atención, la actuación de los jueces pudiera centrarse en su principal rol de custodio de los derechos fundamentales de los ciudadanos con patologías psiquiátricas. El rasgo más relevante del Acuerdo citado es que se estandariza la actuación judicial reglamentando una etapa prejurisdiccional para las internaciones involuntarias, por la cual la Defensa Pública –que es custodia de los derechos fundamentales– cuando se presenten peticiones de internación involuntarias “a los efectos de evitar una innecesaria judicialización” requerirán del Servicio de Emergencia Especializado público o de la obra social del ciudadano “una evaluación acerca de la necesidad de la internación”, para sólo si esa evaluación sea positiva y no sea posible la admisión voluntaria, inicie el trámite ante el juez civil. Y con el mismo objetivo, esto es, para no mantener judicializada innecesariamente una situación de salud mental, se estandarizó que cesa la actuación cuando el médico tratante decide la externación o bien cuando se haya revertido la internación involuntaria en voluntaria, en cuyo caso deberá dejarse sin efecto la orden judicial de internación. Aunque todavía no ha transcurrido un año desde este Acuerdo, de modo de poder hacer una evaluación, ha sido hasta ahora significativo el descenso de la actividad jurisdiccional, lo cual permite un pronóstico positivo acerca de la eficacia de la actuación en la etapa prejurisdiccional.
En cuanto a la Mediación como alternativa dentro del Poder Judicial para la solución de conflictos, cabe resaltar que anualmente se acrecienta tanto la cantidad de casos que son derivados al Centro Judicial y sus delegaciones, como también se mantiene en los casos efectivamente mediados el porcentaje de acuerdos por encima de los casos en los que no se arribó a acuerdos. Con ese marco favorable en este año se completarán las delegaciones de los Centros de Mediación en las cabeceras de Circunscripciones faltantes, esto es la Tercera Circunscripción (Bell Ville), Sexta Circunscripción (Villa Dolores) y Novena Circunscripción (Deán Funes) con lo cual la Justicia de Córdoba habrá alcanzado un despliegue territorial igualitario de la Mediación y también el mayor despliegue de desconcentración del país. La Escuela de Capacitación del Poder Judicial desarrollará asimismo un curso especialmente diseñado por el Centro Judicial de Mediación para la capacitación del fuero de menores, a fin de extender el potencial de la mediación en la solución pacífica de conflictos en tan especial competencia. El Ministerio de Justicia ha puesto en consideración del Tribunal Superior un proyecto de creación de la Justicia de Menores Causas. Ello traerá aparejado modificaciones a la Ley de Mediación a los fines de ampliar las causas que obligatoriamente serán sometidas a esa alternativa.
c) Preferente enfoque hacia fueros relacionados con Ciudadanos Vulnerables
El Tribunal Superior de Justicia, como cabeza del Poder Judicial, comparte que los esfuerzos mayores para mejorar sus respuestas deben enfocarse preferentemente en los fueros cuya materia se vincula con los ciudadanos más vulnerables, en armonía con las Reglas Básicas de Acceso a la Justicia de las Personas Vulnerables (XIV Cumbre Judicial Iberoamericana, Brasilia).
En el fuero Penal, el énfasis desde 2007 se ha puesto en la creación de la Justicia de Ejecución de Penas, cuya implementación se completó en este año con la puesta en marcha del Juzgado de Ejecución de Villa María, con el que se han agotado las disponibilidades producidas principalmente a través de la reingeniería de recursos presupuestarios existentes en el Poder Judicial. Es muy positivo contar con una magistratura especializada situada en el mismo (o próximo) ámbito territorial de la radicación de los establecimientos carcelarios y de los centros de salud mental en donde se encuentran bajo medidas de internación inimputables adultos. Asimismo, hemos sido escuchados por los Poderes Ejecutivo y Legislativo para su implementación, para que la ley permitiese planificar un traspaso gradual de casos desde las Cámaras en lo Criminal y otros tribunales hacia los nuevos juzgados, lo cual ha permitido hasta el momento una transición adecuada, que salvo el novel tribunal de Villa María, llegará a su fin en este año. El Poder Judicial de Córdoba exhibe así el despliegue territorial de tribunales especializados mayor del país.
A partir de la legislación de violencia familiar, la labor del Poder Judicial ha sido intensa pese a no estar acompañado del aumento presupuestario suficiente para su atención. El desarrollo de un formato tipo para la presentación de una situación enmarcada en la Ley de Violencia Familiar –con la colaboración de la Oficina de Derechos Humanos y Justicia–, posibilitó desarrollar una investigación aplicada en la Escuela de Capacitación que permitió en el tiempo tomar decisiones más adecuadas a tan sensible problemática. Así se apoyó la gestión de los tribunales competentes por medio de Oficinas de Violencia radicadas en aquellos asientos judiciales cuya problemática fuera estadísticamente más intensa. La experiencia recogida ha llevado a propiciar que se implementen –como ocurrió este año– juzgados con competencia exclusiva en materia de violencia familiar en el Centro Judicial Capital, que sitúa al Poder Judicial de Córdoba como un pionero en esta materia en el país, como da cuenta la comunicación en el Centro de Información Judicial de la Corte Suprema de la Nación. A nivel mundial, la especialización de tribunales ante el flagelo de la violencia que sufren en porcentajes superlativos principalmente las mujeres y los niños, permite más adecuadas respuestas de la Justicia. Asimismo se han creado dos tribunales con competencia en esta materia y en Familia en aquellos asientos judiciales en donde esta problemática es significativa (Río Cuarto y la sede de Cosquín).
Con relación al fuero de Menores de Córdoba a efectos de contribuir desde el Poder Judicial con el Poder Ejecutivo y con el Poder Legislativo, en virtud de la adhesión gradual de la Provincia a la ley nacional Nº 26601, en el ámbito de la Escuela Judicial se conformó un equipo interdisciplinario formado por jueces de Menores y otras áreas de apoyo (Escuela de Capacitación, Centro de Estudios y Proyectos e Informática) para identificar los tipos de causas que actualmente se tramitan en los Juzgados de Menores Prevención, con variables que permitan un relevamiento cuantitativo y cualitativo para aprehender el escenario judicial real de la provincia de Córdoba. Se ha desarrollado un Sistema de Administración de Causas que permitirá ese objetivo y facilitará la gestión de la oficina de estos tribunales, que se extenderá próximamente a los tribunales de Menores con competencia exclusiva en otros asientos judiciales. Asimismo, el Poder Judicial de Córdoba se encuentra incluido dentro del Convenio suscripto entre Eurosocial y Jufejus, dentro del Programa Regional para la Cohesión Social en América Latina (El Tratamiento del Menor por la Justicia), que ha posibilitado el intercambio de experiencias con la Justicia de Menores en España y Francia en 2008. Precisamente el Programa de Capacitación en Mediación responde tanto al impacto positivo del Centro Judicial de Mediación –en especial en relación a la etapa prejudicial en materia de familia– como a las experiencias y programas vistos por los representantes de Córdoba en los países europeos citados. Y también por un Convenio entre Jufejus y Unicef en 2008, se ha recibido equipamiento informático para la recepción de declaraciones y/o testimonios de niños, niñas y adolescentes víctimas de delitos en sede judicial, que se ha situado en la Unidad Judicial de la Mujer y complementará así el proceso en que desde el año 2000 el Poder Judicial de Córdoba viene desarrollando para disminuir la victimización secundaria, dentro de un proceso respetuoso de los derechos fundamentales de las víctimas en especial las más vulnerables.
d) Mejorar la Gestión Judicial
En el discurso de Apertura de 2008, Andruet destacó en materia de modernización de la gestión de la oficina de la Justicia Civil que se había iniciado en algunos Juzgados del Centro Judicial Capital, a modo de prueba piloto, en estrecha colaboración entre los jueces, un proceso que aspiraba a elaborar un modelo común y por ello suficientemente estandarizado en la producción de los proveídos por los Tribunales, como así también en una verdadera realización remota del acceso y consulta por parte de los abogados a dichas causas, a fin de sentar las bases para el futuro funcionamiento de la Justicia civil, que se intentará poner parcialmente en funcionamiento durante el año 2010. En

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