Por unanimidad, la Corte Suprema declaró inadmisible un per saltum presentado por el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez contra el DNU 70/23, impulsado por Javier Milei.
El tribunal determinó que no hay caso concreto, causa o controversia que amerite un decisorio.
A su turno, Gil Domínguez promovió un proceso autosatisfactivo para que se le ordenara a la Cámara de Diputados y al Senado de la Nación proceder al “expreso e inmediato tratamiento” del DNU 70/23 en un plazo máximo de 30 días, a efectos de su aprobación o rechazo en los términos de la Ley 26.122.
Para la Corte Suprema, las razones que dio el especialista resultaron insuficientes para tener configurado un caso.