Se trata de Río Primero, Río Segundo, Calamuchita, Santa María, Colón, Río Cuarto, Capital, General Roca, San Alberto y San Javier, afectados por fenómenos climáticos ocurridos durante el corriente mes. De esta forma se habilita la utilización del Fondo Permanente para Atención de Situaciones de Desastre
Ministerio de Desarrollo Social y Promoción del Empleo
Resolución N° 11
Córdoba, 08 de enero de 2024
VISTO: La situación por la que atraviesa la Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que, en virtud de la ocurrencia de fenómenos climáticos acaecidos durante el mes de enero de 2024 en los Departamentos Río Primero, Río Segundo, Calamuchita, Santa María, Colón, Río Cuarto, Capital, General Roca, San Alberto y San Javier de la Provincia de Córdoba, los cuales han provocado graves consecuencias en sus habitantes y daños en los bienes, se han verificado severas pérdidas materiales que afectan el normal desarrollo de sus actividades.
Que las zonas afectadas abarcan no sólo el área urbana de diversas localidades, sino también los predios rurales y rutas de acceso a las mismas, causando serios inconvenientes a la actividad agropecuaria y productiva de la región.
Que se han recibido reportes del estado de situación crítica que atraviesan municipios de los mencionados Departamentos del interior provincial, incluyendo las solicitudes de las autoridades locales y demás actores sociales, todo lo cual amerita acabadamente la declaración del estado de desastre peticionada.
Que, en ese marco, corresponde proceder a la declaración de desastre solicitada, habilitando de esta forma la utilización del Fondo Permanente para Atención de Situaciones de Desastre, creado por Decreto N° 1936/2015, ratificado por Ley Nº 10.336 y Decreto N° 2206/2023, ratificado por Ley 10.956.
Por ello, normas citadas, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio bajo el N° 0001/2024 para casos análogos, y en uso de las facultades delegadas por el inciso a), del artículo 11 del Decreto N° 2449/2023;
LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
RESUELVE:
Artículo 1°.- DECLÁRASE en los términos y con los alcances de los artículos 4°, 5° y concordantes del Decreto N° 1936/2015, ratificado por Ley Nº 10.336, el Estado de Desastre en los Departamentos Río Primero, Río Segundo, Calamuchita, Santa María, Colón, Río Cuarto, Capital, General Roca, San Alberto y San Javier de la Provincia de Córdoba, afectados por fenómenos climáticos ocurridos durante el mes de enero de 2024.
Artículo 2°.- DETERMÍNASE que la declaración dispuesta en el artículo anterior comprende además de los Departamentos citados, aquellas zonas de influencia que se vieron afectadas por el mismo fenómeno, facultándose a la Secretaría General de Desarrollo Social para su delimitación conforme los relevamientos que al efecto realice.
Artículo 3°.- INSTRÚYASE a la Secretaría General de Desarrollo Social, para que disponga las medidas conducentes para la pronta y eficaz implementación de los mecanismos contemplados en el Decreto N° 1936/2015 ratificado por Ley 10.336.
Artículo 4°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO. LAURA JURE, MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO.
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba N° 7 del 10 de enero de 2024.