El fallo llegó después de 16 años de espera. Ratificó que la primacía de la política complicó designaciones y, con ello, el funcionamiento de la Justicia. En la previa, tanto el oficialismo como la oposición presentaron proyectos para modificar la composición y el funcionamiento del organismo
El 16 de diciembre, la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de la ley Nº 26080, que redujo de 20 a 13 miembros la integración del Consejo de la Magistratura de la Nación (CMN).
La modificación -que aumentó la representación política en el organismo- fue promovida en 2006 por la entonces senadora Cristina Fernández de Kirchner.
A partir de la reforma, el CMN funcionó compuesto por tres jueces, dos abogados, cuatro legisladores de la mayoría y dos de la minoría, un académico y un representante del Ejecutivo.
“La noción de equilibrio significa ausencia de predominio, de manera que ningún sector cuente con una cantidad de representantes que le permita ejercer una acción hegemónica respecto del conjunto o controlar por sí mismo el cuerpo”.
(Del fallo de la Corte Suprema)
Esa conformación complicó nombramientos de magistrados y a la fecha hay vacantes en casi el 30% de los puestos.
El Alto Tribunal rechazó un recurso extraordinario presentado por el gobierno de la actual vicepresidente en 2015 y confirmó una sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones en lo Contencioso-administrativo, que exhorta al Congreso a que en un plazo razonable dicte una ley que organice el consejo.
Regla de no predominio
Los cuatro ministro de la Corte coincidieron al señalar que la ley 26080 es inconstitucional porque hay una “demostración concluyente” de que a lo largo de 16 años de vigencia quebró “la regla de no predominio” y que, por ello, surgieron “falencias que ponen seriamente en riesgo la independencia” del Judicial.
“La noción de equilibrio significa ausencia de predominio, de manera que ningún sector cuente con una cantidad de representantes que le permita ejercer una acción hegemónica respecto del conjunto o controlar por sí mismo el cuerpo”, enfatizaron.
En esa línea, reseñaron que aunque el CMN tuvo “diferentes composiciones y muchos esfuerzos personales de los consejeros”, el diseño institucional conspiró e hizo que sus propósitos se frustraran.
Así, resaltaron que se demostró que hubo “falta de cobertura de cargos importantes” por ausencia de acuerdos. “Han sido públicas las disputas políticas que originaron esta parálisis, con gran desmedro del funcionamiento del Poder Judicial”, subrayaron.
Críticas
En otro tramo de su decisorio, la Corte recordó que la selección de magistrados motivó “fuertes críticas por parte de las asociaciones profesionales”, al alterarse el orden de las listas, con apartamiento de las calificaciones.
“Está claro que siempre hubo un poder de veto, de predominio, de un sector sobre otro, aunque fueron cambiando los roles”, sostuvo también.
La Corte dijo que es “evidente” que la ley diseñó un sistema parlamentario para funciones que son ejecutivas que facilitó el “poder de veto o predominio” y que las deficiencias de la normativa no son imputables a un sector en particular, sino al tenor de la manda.
Por eso, concluyó que la ley debe ser modificada por contrariar criterios constitucionales.
Iniciativas
Cuando ya se sabía que era inminente que la Corte se pronunciara, el seis de diciembre, el Gobierno comunicó que enviaría al Legislativo una iniciativa para ampliar de 13 a 17 el número de integrantes del CMN para, según arguyó, alcanzar una “representación más equilibrada”. Además, precisó que se incorporaría el cupo por género.
Al día siguiente, el diputado Pablo Tonelli (Juntos por el Cambio) propuso que los miembros sean 14, para restablecer el equilibrio entre los estamentos políticos (poderes Ejecutivo y Legislativo) y técnicos (abogados, jueces y académicos).
Tonelli presentó el proyecto en 2018, con el fin de -en sus palabras- “despolitizar” del CMN y “despejar la inseguridad jurídica en torno a su funcionamiento”.
El texto fue consensuado con el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires y la cartera de Justicia.
Como no prosperó volvió a promoverlo y destacó que subsana la supresión de la representación de la Corte.
El articulado contempla también que cada estamento elija como su representante a una persona que se desempeñe exclusiva y específicamente en la función pública, sin acumularla con otra.
Por otro lado, establece que para ser miembro del CMN se requieran las mismas condiciones exigidas para ser juez de la Nación: ser ciudadano argentino, abogado, tener cuatro años de ejercicio de la profesión y 25 de edad.
Actualmente, bastan las condiciones para ser diputado. Tonelli argumenta que es necesario que quienes integran un órgano que selecciona jueces posean “calidades similares” a la de los postulantes.
Lorenzetti
Si bien los cuatro vocales de la Corte declararon inconstitucional la norma, a diferencia de sus colegas, Lorenzetti opinó que la ley anterior (Nº 24937) no puede ser restituida porque está derogada.
El supremo argumentó que imponer su aplicación no sólo afecta la seguridad jurídica sino que además implica que la Corte se arrogue facultades legislativas.
“No hay precedentes en el derecho argentino ni antecedentes en el procedimiento de declaración de inconstitucionalidad de Estados Unidos, sobre cuyo modelo se construyó nuestro sistema en el siglo XIX a partir del caso ‘Marbury vs Madison”, escribió.
Derogada
La ley 24937, derogada hace más de 15 años, dispone que el Consejo de la Magistratura de la Nación se conforme por el presidente de la Corte Suprema (actualmente, Horacio Rosati); cuatro jueces; ocho legisladores; cuatro abogados; un representante del Poder Ejecutivo y dos del ámbito académico.
Vocera
Antes de que el Alto Tribunal diera a conocer el tenor de su sentencia, la portavoz de la Presidencia, Gabriela Cerruti, manifestó que “una reforma del sistema judicial que incluye la reforma de la Corte” es uno de los temas que el Gobierno tiene “en debate”. “La Justicia como está no funciona, es lenta”, dijo, y añadió: “Tiene arbitrariedad en qué causas elige para fallar, en qué causas llegan a la Corte o en qué causas la Corte falla”.
“Cuando esté el proyecto lo daremos a conocer”, adelantó la funcionaria.
Un día antes, Alberto Fernández también habló de la Corte y dijo que se debía abrir una “discusión honesta” sobre “el mejor diseño” del tribunal.