La Cámara 7ª Civil y Comercial de Córdoba adecuó el interés de las cuotas mensuales por la compraventa de un inmueble y lo fijó en 6% anual, ya que ellas -además- ya se incrementan por la actualización del costo de la propiedad, subrayando que la demandada Gama SA tiene derecho a percibir un interés por la financiación dada.
El tribunal integrado por los vocales Rubén Remigio (autor del voto), Jorge Miguel Flores y Alberto Zarza evaluó la prescripción opuesta por la empresa, indicando respecto del cómputo de plazo, que la actora debía tenerse cabal conciencia de la abusividad alegada, fundada en la nulidad de las cláusulas derivada del derecho del consumidor.
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