La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó hasta el 30 de septiembre el plazo para la acreditación de solvencia y la presentación de nuevas garantías que habilitan la continuidad de las operaciones de los inscriptos en los “Registros Especiales Aduaneros”.
La acreditación de solvencia y la presentación de nuevas garantías debe ser presentada una vez al año por los operadores aduaneros.
Mediante la resolución general 5242/22, se beneficia a importadores, exportadores, despachantes de aduana y agentes de transporte aduanero.
La AFIP evalúa esa documentación y define si es suficiente aval. El organismo lleva adelante la corroboración de la información a partir de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.
Como las presentaciones de estos tributos fueron prorrogadas recientemente, la AFIP resolvió extender el plazo que disponen los operadores aduaneros para realizar la acreditación de solvencia y presentar las nuevas garantías. La fecha de vencimiento anterior era el 31 de julio.
Las garantías deben resultar satisfactorias para la AFIP en relación con el perfil económico y patrimonial expuestos en las declaraciones juradas.
Entre los tipos de garantías a constituir se encuentran las garantías en efectivo, depósitos a plazo fijo, avales bancarios, caución de títulos públicos y pólizas de seguros de caución. En el caso de que los operadores aduaneros no cumplieran con los requisitos señalados al 30 de septiembre, la solvencia requerida para operar dentro de los “Registros Especiales Aduaneros” caducará automáticamente.
Fuente Web Afip