Los monotributistas que durante 2021 hayan abonado en tiempo y forma nueve meses las obligaciones mensuales accederán al reintegro de un mes del componente impositivo pagado a lo largo de este año. La decisión de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) facilita las condiciones para acceder al beneficio previsto para las y los pequeños contribuyentes que cancelan el monotributo por medio de débito directo de cuenta bancaria o tarjeta de crédito.
La medida reduce, de manera excepcional, de 12 a 9 meses del año la condición para percibir el reintegro.
La resolución general (RG) 5100 garantiza que que las personas adheridas al régimen simplificado puedan gozar del beneficio del reintegro que se efectivizará el próximo año. El reintegro para quienes hayan abonado en tiempo y forma al menos 9 meses será acreditado automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas como medio de pago por cada uno de las y los contribuyentes cumplidores.
Datos
Este año el Fisco nacional reintegró más de $973 millones a más de 484 mil pequeños contribuyentes que abonaron durante 2020 sus obligaciones por débito automático o tarjeta de crédito.
El reintegro se suma a distintas medidas implementadas para las y los monotributistas como los Créditos a Tasa Cero o la moratoria que permite regularizar deudas en hasta 60 cuotas.
Ver Guía: Reintegro por cumplimiento de pago
Fuente web AFIP