Se publicó en el Boletín Oficial de la Nación la resolución general Nº 5006/21 que establece un plazo especial para la presentación de las DD JJ y saldo resultante en el impuesto a las Ganancias -Personas Físicas- y Bienes Personales e impuesto Cedular, anulidad 2020.
La norma también dispone que el aplicativo para la presentación de DD JJ y pago del saldo resultante estará disponible a partir del día 18 para Ganancias -Personas Humanas- e impuesto Cedular. En tanto para Bienes Personales está disponible desde el día 8.
De esta forma los nuevos vencimientos son:
1)Presentación de las DDJJ. Los días 23, 26 y 27 de julio, según terminación de CUIT.
2) Pago del saldo: entre los días 26 y 28 de julio.
La medida, que extiende 40 días el plazo original (11 de junio) se basa en reiterados pedidos por parte de los Consejos Profesionales quienes habían solicitado por nota la postergación de los vencimientos para las primeras semanas de agosto, inclusive. Se esgrimió como fundamento la vigencia de medidas restrictivas circulatorias por la segunda ola de la pandemia que complica la labor de los contadores.