El Ministerio de Economía de Argentina estableció en $ 3.500 millones el límite máximo anual para afrontar las erogaciones que demanden las solicitudes interpuestas para los saldos acumulados del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que tengan como origen créditos fiscales, a través de la Resolución 1181/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial.
La norma comprende los créditos fiscales cuyo derecho a cómputo se hubiera generado durante 2022 y los generados entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2021 que no hayan sido objeto del régimen bajo los límites máximos aplicados a cada año.
Asimismo se precisó que el límite se subdividirá en tres partes: una de $ 1.500 millones para el sector transporte; otra de $ 1.800 millones para el de energía; y una tercera de $ 200 millones para el resto de los sectores económicos en los que desarrollan actividades los sujetos comprendidos en el beneficio.
Por su parte, el Ministerio de Transporte intervendrá en la aprobación de las solicitudes que presenten en el marco del régimen los sujetos comprendidos en ese sector.
El régimen de crédito fiscal permite el recupero del saldo acumulado para aquellos sujetos que desarrollen actividades que califiquen como servicios públicos, en la medida que las tarifas que perciben se vean reducidas por el otorgamiento de sumas en concepto de subsidios, compensaciones tarifarias o fondos por asistencia económica, efectuados por parte del Estado Nacional en forma directa o a través de fideicomisos o fondos constituidos a ese efecto.