viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Nombran a una abogada procuradora Fiscal de Rentas

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La profesional actuará en la gestión judicial y/o extrajudicial de cobro de deudas impositivas en mora y acreencias no tributarias administradas por ese organismo, en las distintas circunscripciones judiciales de la Provincia. Se trata de Luciana Esther Ulla, matrícula profesional N° 1-32572

Decreto N° 1051 

Córdoba, 31 de julio de 2023 VISTO: 

El Expediente N° 0532-000921/2023 del registro de la Fiscalía Tributaria Adjunta dependiente del Ministerio de Finanzas. 

Y CONSIDERANDO: 

Que por las presentes actuaciones se gestiona la designación de la abogada Luciana Esther ULLA, D.N.I. N° 25.757.798, Matrícula Profesional N° 1-32572, como Procuradora Fiscal de la Dirección General de Rentas. 

Que el sistema provincial de procuración fiscal y la competencia de la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba para disponer la gestión judicial y/o extrajudicial de cobranzas de las deudas impositivas en mora, hace necesario a los fines de contribuir a la eficiencia de la gestión de cobro, designar procuradores fiscales en el marco de la normativa que regula la actividad de éstos. 

Que la señora ULLA cumple con los requisitos y condiciones que prevé la legislación vigente en la materia, debiendo constituir legajo pertinente y otorgar la fianza respectiva. Por ello, las disposiciones del Decreto N° 720/2023, lo dictaminado por la Fiscalía Tributaria Adjunta con el N° 2023/LgFTA-00000006, por EL Área Legales de la Dirección de Jurisdicción Asuntos Legales del Ministerio de Finanzas al N° 2023/DAL-00000410, por Fiscalía de Estado bajo el N° 813/2023 y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 144 inciso 1° de la Constitución Provincial; 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: 

Artículo 1º.- DESÍGNASE a la Abogada Luciana Esther ULLA, D.N.I. N° 25.757.798, Matrícula Profesional N° 1-32572, como Procuradora Fiscal de la Dirección General de Rentas para la gestión judicial y/o extrajudicial de cobro de deudas impositivas en mora y acreencias no tributarias administradas por la Dirección General de Rentas, en las distintas Circunscripciones Judiciales de la Provincia. 

Artículo 2º.- ESTABLÉCESE que la Procuradora Fiscal designada en el artículo anterior comenzará a ejercer la representación de la Provincia de Córdoba una vez completado el legajo y constituida la fianza pertinente. 

Artículo 3º.- AUTORÍZASE al señor Ministro de Finanzas para que verifique el otorgamiento de la fianza correspondiente y proceda a su aceptación. 

Artículo 4º.- DISPÓNESE que el cumplimiento de la designación dispuesta en el presente Decreto no demandará egreso alguno atento las condiciones establecidas en la reglamentación vigente. 

Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Finanzas y Fiscal de Estado. 

Artículo 6º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. 

FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR – JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO – OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 142 del 2 de agosto de 2023.

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