Es de $1.772, que equivale a ocho litros de nafta de menor octanaje, valor surtidor o precio final al público, de la empresa estatal YPF
Justicia Administrativa de Faltas
Resolución N° 070
Córdoba, 18 de mayo de 2023.
VISTO: El Código de Convivencia Ciudadana de la Ciudad de Córdoba -Ordenanza Nº 12.468 y sus modificatorias.
Y CONSIDERANDO:
Que el artículo 21 de la Ordenanza Nº 12.468 dispone que el valor de la multa se determina en Unidades Económicas Municipales (U.E.M), cuyo valor en pesos equivale a ocho (8) litros de nafta de menor octanaje, valor surtidor o precio final al público, de la empresa estatal Y.P.F plaza Córdoba, debiendo publicarse en el Boletín Oficial y en el sitio Web oficial de la Municipalidad de Córdoba.
Que, según lo informado por las autoridades del Automóvil Club Argentino, el valor del litro de nafta es de pesos doscientos veintiuno con cincuenta centavos ($221,50), en consecuencia, el valor de la Unidad Económica Municipal (U.E.M), resulta en pesos un mil setecientos setenta y dos con cero centavos ($1.772,00).
ATENTO A ELLO y en uso de sus atribuciones:
EL DIRECTOR DE INFRAESTRUCTURA, PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN DE LA JUSTICIA ADMINISTRATIVA MUNICIPAL DE FALTAS
RESUELVE: Art. 1º.- ORDÉNASE la publicación del nuevo valor de la Unidad Económica Municipal (U.E.M) en pesos un mil setecientos setenta y dos ($1.772,00), el que empezará a regir a partir del día 22 de mayo de 2023
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial y en el sitio Web Oficial de la Municipalidad de Córdoba, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Córdoba N° 4093 del 22 de mayo de 2023.