Se otorgarán $1.500.000, $1.000.000 y $700.000 a la primera, segunda y tercera mejor obras, respectivamente. En tanto, se darán las sumas de $350.000, $240.000 y $180.000 a las primeras, segundas y terceras mejores obras de cada categoría, respectivamente. No se podrán acumular premios. (Ver anexos adjuntos)
Resolución 213/23-MC
Ciudad de Buenos Aires, 08/03/2023
VISTO el Expediente Nº EX-2023-15300650- -APN-DGD#MC, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Resolución Nº 919 de fecha 8 de agosto de 2018 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, compete al MINISTERIO DE CULTURA, entre otras acciones: “Dirigir políticas de conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la Nación (…) Intervenir en el ámbito de su competencia en la promoción, organización y participación de exposiciones, ferias, concursos, producciones audiovisuales, espectáculos y muestras donde se difundan producciones nacionales e internacionales (…)”, y “Ejecutar políticas públicas tendientes a reconocer y fortalecer la diversidad cultural, integrar las diferentes expresiones que conforman la identidad nacional, y ampliar la participación y organización popular garantizando el acceso igualitario a bienes y medios de producción cultural”.
Que, a su vez, entre los objetivos asignados a la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL de la citada Cartera, por el artículo 2º del Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios, se encuentran los de “Diseñar y gestionar políticas y acciones para la conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la Nación” y “Fomentar la divulgación del Patrimonio Cultural de la Nación y su acceso a través de la multiplicidad de vías existentes”.
Que en el año 1911 se instituyó en la Ciudad de BUENOS AIRES, el Salón Anual de Pintura, Escultura, Arquitectura y Arte Decorativo -actualmente denominado SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES- el cual tiene el cual tiene por finalidad reconocer la trayectoria de los y las artistas visuales y promover la formación de artistas, espectadores y espectadoras, a través de la entrega de los Premios Nacionales a la Trayectoria Artística y los Premios del citado evento.
Que por Resolución M.C. Nº 919/18 (RESOL-2018-919-APN-MC) y sus modificatorias se aprobó el Reglamento General del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES.
Que resulta necesario convocar a la presentación de postulaciones para el Premio Nacional a la Trayectoria Artística y a la presentación de propuestas de obras para los Premios de la Edición 111 del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, de conformidad con las Bases y Condiciones de participación que, como ANEXO I (IF-2023-15238219-APN-PNA#MC), forman parte integrante de la presente medida.
Que asimismo resulta adecuado fijar el valor de los premios de la Edición 111 del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, conforme lo dispuesto por el ANEXO II (IF-2023-15238499-APN-PNA#MC) que forma parte integrante de la presente medida.
Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su competencia.
Que el gasto que demande la presente medida, será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 4 de fecha 9 de enero de 2023 (DECAD-2023-4-APN-JGM).
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios, el artículo 1º, inciso h) del Decreto Nº 392/86 y la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y su Decreto Reglamentario aprobado por el Decreto Nº 1344/07 y sus modificatorios y complementarios.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Convocar a la Edición 111 del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, de conformidad con las Bases y Condiciones de participación que, como ANEXO I (IF-2023-15238219-APN-PNA#MC), forman parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Fijar el valor de los premios de la Edición 111 del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, conforme lo dispuesto en el ANEXO II (IF-2023-15238499-APN-PNA#MC) que forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la JURISDICCIÓN 72 – MINISTERIO DE CULTURA.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Tristán Bauer
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Nación Nº 35.127 del 10 de marzo de 2023.