El tribunal aclaró que el hecho de que las partes hayan acordado compartir el mismo techo no determinó el rechazo de la medida pero constituye un elemento más de valoración para el estudio de la controversia
“La problemática familiar exhibida en esta causa impone la necesidad de un abordaje integral, que permita su contemplación en su conjunto, sin lugar a peticiones y soluciones aisladas y espasmódicas como la pretendida”.
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