Los interesados contarán con 20 días corridos contados a partir del día 4 de agosto. Se recuerda que mediante esta iniciativa se otorgarán aportes no reintegrables (ANR) para micro y pequeños prestadores turísticos, domiciliados, constituidos o habilitados para actuar dentro del país, que desarrollen por cuenta propia y como actividad principal servicios vinculados al turismo
Disposición 71/22- MTYD Y SSDE
Ciudad de Buenos Aires, 02/08/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-71217736- -APN-DDE#MTYD, la Resolución N° 331 de fecha 6 de julio de 2022 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 331/22 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES se creó el PROGRAMA DE INCENTIVO PARA INVERSIONES TURÍSTICAS DE PEQUEÑOS PRESTADORES (INTUR), con el objeto de fortalecer la cadena de valor del sector y mejorar la oferta turística, promover el desarrollo de las economías regionales e incentivar inversiones que se orienten al aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y las energías renovables, crear empleo local sostenible, propiciar la equidad de género y favorecer el arraigo y el desarrollo humano en el territorio.
Que el mencionado Programa otorgará Aportes No Reintegrables (ANR) para micro y pequeños prestadores turísticos, domiciliados, constituidos o habilitados para actuar dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA que desarrollen por cuenta propia y como actividad principal servicios vinculados al turismo, quienes deberán presentar previamente un proyecto de inversión, el cual tendrá que ser aprobado.
Que el proyecto de inversión presentado deberá ser destinado a la adquisición de bienes de capital, equipamiento y otros activos tangibles, como así también, de materiales destinados a adecuación, ambientación, ampliación y/o refacción de inmuebles, siempre que tengan una conexión directa con su actividad principal.
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 3° de la mencionada Resolución, se facultó a la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ESTRATÉGICO a efectuar convocatorias a personas humanas y jurídicas que desarrollen por cuenta propia y como actividad principal servicios vinculados al turismo para que presenten sus proyectos de inversión; evaluar las presentaciones que se efectúen en el marco del Programa; seleccionar los proyectos de inversión de conformidad con lo establecido en el Reglamento; prorrogar los plazos establecidos en la resolución y dictar las normas complementarias que estime necesarias para su implementación.
Que, por lo expuesto, se promueve la convocatoria a personas humanas y jurídicas que desarrollen por cuenta propia y como actividad principal servicios vinculados al turismo para que presenten sus proyectos de inversión, por el plazo de VEINTE (20) días corridos contados desde la entrada en vigencia de la presente medida.
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