viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

La CNV lanzó iniciativa para acceso al mercado de capitales de empresas del conocimiento

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Contempla la simplificación de los requisitos para su ingreso a la oferta pública. Entre otros rubros, incluye a startups, aplicaciones, producción de software y servicios digitales, servicios de diseño, videojuegos, bioinformática, servicios de cómputos en la nube, producción y posproducción audiovisual. (Ver detalles en anexos adjuntos)

Resolución General 932/22-CNV

Ciudad de Buenos Aires, 02/06/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-47267208- -APN-GE#CNV, caratulado “RÉGIMEN EMPRESAS TECNOLÓGICAS Y DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO – INCORPORACIÓN AL CAPÍTULO V DEL TÍTULO II DE LAS NORMAS (N.T. 2013 Y MOD.)”, lo dictaminado por la Gerencia de Emisoras, la Subgerencia de Normativa y la Gerencia de Asuntos Legales, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Mercado de Capitales N° 26.831 (B.O. 28-12-12) tiene por objeto el desarrollo del Mercado de Capitales y la regulación de los sujetos y valores negociables comprendidos en el ámbito del mismo.

Que mediante el dictado de la Ley de Financiamiento Productivo N° 27.440 (B.O. 11-5-18) se propició la modernización y adaptación de la normativa a las necesidades actuales del Mercado, el que ha experimentado una importante evolución en los últimos años.

Que el artículo 19, inciso h), de la Ley Nº 26.831 otorga a la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES (CNV) atribuciones para dictar las reglamentaciones que se deberán cumplir para la autorización de los valores negociables, instrumentos y operaciones del Mercado de Capitales, hasta su baja del registro, contando con facultades para establecer las disposiciones que fueren necesarias para complementar las que surgen de las diferentes leyes y decretos aplicables a éstos, así como resolver casos no previstos e interpretar las normas allí incluidas dentro del contexto económico imperante, todo ello para el desarrollo del Mercado de Capitales.

Que el artículo 19, inciso r), de la citada ley dispone que la CNV puede establecer regímenes de información y requisitos para la Oferta Pública diferenciados.

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