sábado 23, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

El TSJ de Córdoba tendrá un registro informático de ablaciones 

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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) aprobó el Protocolo de Ablación de Órganos y Tejidos y designó a la Mesa de Atención Permanente de Asuntos Penales como oficina coordinadora del proceso, bajo la supervisión de la Secretaría Penal del TSJ. Asimismo, encomendó a la Subárea de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica del Poder Judicial que desarrolle un registro informático de ablaciones.

Mediante el acuerdo reglamentario N° 1734 se busca evitar demoras o trabas innecesarias al procedimiento médico, que debe ser ágil ya que la ley 27447 (conocida como “ley Justina”) otorga un plazo de cuatro horas, desde el diagnóstico de fallecimiento, para que el tribunal penal autorice la ablación. Por otro lado, la reglamentación también garantiza la preservación de la prueba, que puede ser vital para un eventual proceso judicial relacionado con el deceso.

En los fundamentos del acuerdo, el TSJ puntualizó que la “ley Justina” modificó el paradigma de la ablación de órganos, entre otros motivos porque estableció que toda persona es potencial donante salvo manifestación expresa en contrario. En efecto, esta reforma amplió exponencialmente la cantidad de donantes y trasplantes realizados en todo el país.

Entre otras cuestiones, el protocolo habilita a las partes intervinientes a comunicarse por vía telefónica o a través de mensajería instantánea para el tráfico de información y documentación, bajo la coordinación de la Mesa de Atención Permanente.

La norma establece que, en aquellos fallecimientos ocurridos bajo sospechas de criminalidad, el juzgado podrá autorizar (o no) el procedimiento una vez que el personal médico informe que la ablación no va a resultar perjudicial para la autopsia que deberá practicarse para establecer la causa de la muerte.

También, que la oposición de los familiares a la ablación, en casos de personas mayores de edad, “no podrá tratarse de una simple negativa sino que deberá ser fundada”.

Finalmente, el protocolo señala que, cuando la ablación haya sido autorizada, el Ente Coordinador de Ablación e Implante de Córdoba (Ecodaic) elevará al juzgado interviniente, en el plazo de 48 horas, las conclusiones del proceso de donación-trasplante para que éste cierre con esa información el expediente digital de ablación.

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