La prueba escrita se desarrollará el 19 de noviembre de 14 a 18 y la entrevista personal, los días 29, 30 de noviembre y 1 de diciembre del año en curso. Las inscripciones se realizarán por medio de formulario google hasta el 4 de noviembre de 2021 incluido
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Córdoba
Dirección Mediación
Resolución N° 307
Córdoba, 04 de octubre de 2021
VISTO: Que la Ley de Mediación 10543 en su artículo 62 inciso 7) establece que es función de la Autoridad de Aplicación determinar las condiciones de admisibilidad y pautas de evaluación para la obtención por parte de los solicitantes de la matrícula habilitante de Mediador.
Que en cumplimiento de dicha norma se ha dictado la Resolución Nº 131/2018 que fija el marco legal de las convocatorias a evaluación o cualquier otro método de selección análogo que tenga como finalidad la admisión a la matrícula provincial de Mediador.
Y CONSIDERANDO:
Que el Decreto Reglamentario 1705/18 en su artículo 62 incisos 5), 6) y 7), apartado 10), determina que la Autoridad de Aplicación convocará a rendir la evaluación de idoneidad como mínimo una vez al año, pudiendo realizarse hasta dos convocatorias anuales fijándose por resolución las fechas, contenido, modalidad y demás condiciones, siendo publicada con una antelación no inferior a los treinta días.
Que la Resolución Nº 131/2018 determina que la publicación de convocatoria a evaluación se realizará en el Boletín Oficial con treinta días de antelación a la misma.
Que debe indicarse un plazo de inscripción prudente de manera que todos los aspirantes puedan cumplimentar dicho trámite.
Que se han conformado las ternas a los fines de la integración del Tribunal evaluador, cuyos integrantes cumplimentan los requisitos prescriptos por el artículo 6° de la Resolución N° 131/2018.
Que de acuerdo con la cantidad probable de aspirantes en función del Registro de Mediadores de nuestra provincia y con el objetivo de asegurar la eficiencia docente en la recepción de la evaluación, se designan treinta y seis miembros para la conformación de las ternas.
Que las etapas de la evaluación y ejes temáticos deben ser fijados dentro del marco prescripto por el artículo 10° de la Resolución N° 131/2018.
Que la suscripta es competente para el dictado de la presente, en función de lo establecido en el artículo 62 de la Ley N° 10543, artículo 62 incisos 5), 6) y 7) del Decreto Reglamentario N ° 1705/18, sus cctes. y correlativos.
POR ELLO
LA DIRECTORA DE MEDIACIÓN
RESUELVE:
Artículo 1°: CONVÓCASE a evaluación de Mediadores, la que se realizará de conformidad a lo dispuesto por la Resolución N° 131/2018.
Artículo 2°: CONVOCATORIA: La evaluación mencionada en el artículo anterior se llevará a cabo en dos partes:
a) prueba escrita, el día viernes 19 de noviembre de 2021 a las 14:00hs, fijándose como horario de finalización las 18:00 hs, de manera presencial en la Sede de la Escuela de Cadetes “Comodoro Salustiano Pérez Estévez” del Servicio Penitenciario de la Provincia de Córdoba dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, situada en calle Antolín Torres 3626 – Barrio California de esta ciudad, o de manera virtual a través de la plataforma digital cuyo link de acceso será comunicado oportunamente.
b) entrevista personal, que se realizará los días lunes 29 de noviembre, martes 30 de noviembre y miércoles 1° de diciembre de 2021 a partir de las 08:00 hs. hasta cubrir la totalidad de los aspirantes. Dichas entrevistas serán receptadas de manera presencial en la sede de la Dirección de Mediación sita en Avda. General Paz 70 – 5° piso, o de manera virtual a través de plataforma digital Meet u otras con similares funcionalidades aprobadas en el informe técnico que se encuentra en el sitio web oficial de la Dirección a Mediación www.media-cion.cba.gov.ar.
La recepción de la prueba escrita y de la entrevista personal de manera presencial o virtual, se definirá conforme a la evolución de la emergencia sanitaria y a las medidas vigentes emanadas de la autoridad sanitaria, al día 05 de noviembre de 2021 o al momento de su recepción, si estas últimas impusieran mayores restricciones.
Artículo 3°: La inscripción de los aspirantes se realizará a través de formulario google a partir del primer día hábil de publicación en el Boletín Oficial de la presente Resolución, hasta el 04 de noviembre de 2021 incluido. Para inscribirse los aspirantes deberán observar los siguientes requisitos:
a) Estar inscriptos en el Registro de Mediadores de la Provincia de Córdoba, encontrándose la correspondiente matrícula provisoria vigente, estableciéndose como fecha límite para la recepción de la documentación completa para su otorgamiento el día viernes 22 de octubre de 2021.
b) Completar el formulario de inscripción: https://forms.gle/PeyEcu7YRfNV-jr4P8
c) Completar el formulario de presentación de antecedentes, que será suministrado a los aspirante una vez se encuentren inscriptos y receptado conforme al cronograma que se les informe a los mismos para acompañar las certificaciones correspondientes a los antecedentes académicos, publicaciones, libros y de formación profesional en Métodos Adecuados para la Resolución de Conflictos declarados en dicho formulario.
Artículo 4°: La evaluación mencionada en el apartado a) de los artículos 2° y 4° consistirá en la resolución de una guía basada en la observación y análisis de secuencias (orales y/o escritas) de casos, que comprenderá los siguientes ejes temáticos:
1) Marco legal en la Provincia de Córdoba. Ley 10543, Decreto Reglamentario N° 1705/18 y Acordadas del Superior Tribunal de Justicia, Ley N° 8858 y Decreto Reglamentario N° 1773/00. Resolución N° 02/2020 y ccdtes., Acordadas del Superior Tribunal de Justicia N° 555 y 556 Serie A del 22/08/00 y 08/09/00, y Nº 1625 y 1643 Serie A del 10/05/20 y 29/07/20.
2) Mediación: Fundamentos filosóficos y científicos. Concepto. Principios. Comparación con otros métodos de resolución y gestión de conflictos.
3) Diferentes enfoques metodológicos: Paradigmas de referencia. Corrientes. Escuelas. Modelos.
4) El procedimiento de mediación desde su iniciación hasta el cierre. Encuadre legal y técnico.
5) Las intervenciones del Mediador: técnicas y estrategias utilizadas en Mediación. Distinción conceptual y aplicación. Diferentes criterios para evaluar la eficacia de las intervenciones.
6) Rol del Mediador: Competencias específicas para su desempeño. Principios éticos. Diferencias con el rol de la profesión de base y otras figuras vinculadas con los distintos métodos de resolución de conflictos.
7) Paradigmas de Justicia: Justicia Sancionatoria y Justicia Restaurativa.
8) Diferentes ámbitos de aplicación de la mediación.
9) La implementación de la Mediación Prejudicial Obligatoria en el ámbito de la Provincia de Córdoba. Análisis y perspectivas.
10) Mediación bajo la modalidad virtual, presupuestos metodológicos, aspectos técnicos y legales para su desarrollo.
11) Las cuestiones de género en el espacio de mediación. Artículo 5°: Los Tribunales evaluadores estarán integrados por los siguientes miembros: Titulares: Dr. Leonardo Colazo, Dra. Liliana Ortiz, Lic. Noris Ferrel, Lic. Zulma Dinca, Dra. Adriana Lepre, Dr. Manuel Campodónico, Cr. Pablo Garrido, Dra. Mónica Cornaglia, Lic. Patricia Casas, Prof. Edith Palandri, Cra. Silvia Capetinich, Dr. Daniel Gay Barbosa, Dra. María E. Soria de Ancarani, Lic. Sandra Zobele, Dr. Diego Robledo, ra. Silvina Schmitt, Lic. Silvina Muñoz, Dr. Sergio Cattaneo. Suplentes: Dra. Gabriela Magris, Lic. Mariel Tarca, Dra. María Eugenia Biain, Arq. Mónica Merlino, Dra. Fernanda Früh, Lic. Gustavo Fernández, Dra. Celia Piñero, Lic. Lucrecia Gambone, Dra. María José Oliva, Dra. Silvia Maine, Lic. Pilar Ghirardi, Ing. Gustavo Brane, Dra. Susana Vincenti de Coffa, Lic. Karin Bogni, Dra. Alejandra Peñaloza, Dra. Lorena Pedruzzi, Lic. Verónica de Santiago, Dra. Mariana González.Dichos Tribunales se habilitarán en número suficiente conforme el número de aspirantes inscriptos para la evaluación.
Artículo 6°: Las recusaciones por parte de los aspirantes en ejercicio del derecho a que hace referencia el art. 7° de la Resolución Nº 131/2018 deberán ser consignadas en el apartado correspondiente del formulario de inscripción.
Artículo 7°: Los resultados serán publicados en la sede y en el sitio web oficial de la Dirección de Mediación www.mediacion.cba.gov.ar
Artículo 8°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: MARÍA DÉBORA FORTUNA, DIRECTORA DE MEDIACIÓN, MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 207 del 5 de octubre de 2021.