La Sala Segunda de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza confirmó la sentencia de grado, que rechazó el planteo de incompetencia del Tribunal Penal Colegiado N° 1 de la Segunda Circunscripción Judicial para entender en una causa y se solicitó la aplicación de la ley de juicio por jurados populares.
En autos “F. C/ Vázquez Correa, Abel y ot. p/homicidio agravado s/casación”, los jueces Maria Teresa Day, Omar Palermo y Julio Gómez, confirmó el decisorio de grado, argumentando que “el representante del Ministerio Público Fiscal entiende que las consideraciones del tribunal de la instancia anterior son contradictorias al tratar las causas acumuladas como procesos distintos, a pesar de haber sostenido la necesidad de su acumulación cuando dispuso que la fijación de fecha de debate en la causa seguida contra C. lo fuera luego de la resolución del recurso de casación en la causa seguida contra Vázquez Correa”, afirmaron los magistrados.