El juez federal de Bahía Blanca Walter López da Silva frenó un decreto del presidente Alberto Fernández que le ordenó a la Armada Argentina la venta como chatarra del destructor ARA Santísima Trinidad, que se usó en la operación de desembarco en las islas Malvinas, el 2 de abril de 1982.
El magistrado admitió el amparo que presentó el ciudadano Jorge Oliver ante los tribunales federales de la ciudad de Córdoba, para solicitar que “se proteja” la nave, evitando su venta como chatarra y posterior desguace.
La acción impulsada por Oliver es una de las tantas que se presentaron luego de la publicación de la norma presidencial, iniciadas por ex tripulantes y civiles activistas de la causa Malvinas, con el objetivo de neutralizarla.
Cabe recordar que la mayoría de las agrupaciones de Veteranos de Guerra sostuvo que la manda es “antipatriótica”.
El fallo desactiva el llamado a concurso de precios para la adquisición de material de rezago que la Armada tenía en curso, de acuerdo con lo ordenado por el decreto 1017/20, cuya aplicación quedó preventivamente suspendida.
Córdoba
López da Silva quedó a cargo de la causa luego de que la Justicia federal de Córdoba entendió que, por una cuestión de territorialidad, correspondía girar las actuaciones a Bahía Blanca, en virtud de que la nave está amarrada en la Base Naval de Puerto Belgrano.
La parte actora solicitó la aplicación de la ley 25197, Régimen de Registro del Patrimonio Cultural.
Según consta en la presentación de Oliver, “la Fundación 20 de Noviembre se encuentra en condiciones óptimas para afrontar el mantenimiento y puesta en valor de la unidad naval”.
Los abogados de la Armada negaron que la unidad de combate sea patrimonio cultural de la Nación. Alegaron que por su “deterioro y nulo valor económico” se decidió proceder a un hundimiento programado, con honores, según la tradición naval, aunque aclararon que ese paso no se dio porque la fragilidad del casco le impide transitar con seguridad los canales de ingreso y salida del puerto de Bahía Blanca y “el naufragio de la embarcación complicaría la salida de las exportaciones, al paralizarse el tránsito de buques mercantes”.
Letrados navales
Los letrados navales consideraron además que, de ser puesto en manos de una organización civil, el buque pasaría a estar bajo la órbita de Prefectura, para lo cual debería cumplir todas las exigencias en materia de seguridad que la autoridad marítima establece.
Sin embargo, López da Silva ponderó que se acreditó “perfectamente” la arbitrariedad del acto impugnado y que el ARA Santísima Trinidad es un bien histórico que integra el patrimonio argentino.
Por ello, indicó que corresponde que la Secretaría de Cultura de la Nación lo releve, catalogue y ejerza superintendencia sobre aquél.