Según el especialista Marcos Sequeira, con la sanción de esta clase de leyes se alienta la evasión y el contrabando, entre otros ilícitos. Una vez más, quien pierde es el contribuyente cumplidor.
El Senado convirtió en ley el blanqueo de capitales para incentivar la construcción. La ley todavía no fue promulgada por el Poder Ejecutivo ni publicada, por ende, en el Boletín Oficial de la Nación. No obstante, es inminente que ello suceda, ya que, precisamente, esta normativa tuvo su origen en un proyecto elaborado por el Poder Ejecutivo Nacional. A propósito de este tema, Factor dialogó con Marcos Sequeira, tributarista y autor de numerosas obras y profesor de posgrado en diversas universidades.
¿Qué nos puede decir sobre esta nueva legislación?
Considero de interés resaltar que, en este momento, hay otros dos proyectos de legislación impositiva de particular interés: el proyecto de reforma de la Ley del Impuesto a las Ganancias y el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes. Por el primero, en términos generales, se determina que la deducción especial que establece la ley para los trabajadores debe incrementarse todo lo necesario para que nadie que cobre por debajo de $150.000 -sueldo bruto, sin sueldo anual complementario (SAC)-, pague el impuesto a las Ganancias. A este proyecto, presentado por el legislador Sergio Massa y que ya tenía asegurado su sanción, se le acaba de sumar otro mucho más ambicioso del diputado Facundo Moyano. De acuerdo con este último, se eximirían de impuesto a las Ganancias, entre otros, el SAC; las horas suplementarias que excedan la jornada legal o convencional; los adicionales por horas nocturnas, por antigüedad y aquellos percibidos como consecuencia del trabajo en turnos rotativos; las sumas percibidas en concepto de recargo por feriados obligatorios y días no laborables trabajados; etcétera.
El otro proyecto que se está debatiendo en el Congreso es el del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes. Se trata de una normativa aplicable fundamentalmente al Régimen de Monotributo, que procura resolver la situación en que han quedado muchos contribuyentes que superaron los topes de su categoría. Recordemos que el Estado Nacional suspendió el procedimiento sistémico de exclusión de pleno derecho contemplado en la resolución general (RG) de la AFIP 4309, lo que no exime a los monotributistas de cambiar de categoría cuando así lo disponga la ley 24977. Lo cierto es que, aprovechando y mal interpretando la norma que dispone la suspensión, hay un número muy importante de sujetos que no realizaron este cambio o bien que quedaron excluidos de este régimen. A estas personas hay que darles una solución y eso procura el proyecto en cuestión.
La reforma propuesta por Massa tiene un costo fiscal de $40.000 millones. No hay cálculos para el otro proyecto que, en mi opinión, no va a prosperar.
“Se evidencia la ineficiencia del Estado para cumplir con su rol de buen administrador, lo que supone detectar los ilícitos, inclusive, antes de que se produzcan”.
¿Qué aspectos específicos contempla el nuevo proyecto?
El nuevo proyecto contempla cuatro capítulos: el Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda, los Beneficios para el Inversor, un Programa de Normalización para Reactivar la Construcción Federal y otro para la Consolidación de la Obra Pública para Vivienda Social. Por el primero se implementa un régimen de incentivo a la construcción consistente en la exención del impuesto sobre los Bienes Personales -ley 23966- y la posibilidad de computar, como pago a cuenta de este tributo, uno por ciento del valor de las inversiones. A ello se le suma el diferimiento del impuesto a la Transferencias de Inmuebles de Personas Físicas -ley 23905- y del impuesto a las Ganancias, para el caso de personas jurídicas. Para gozar de todos estos beneficios, la ley fija una serie de requisitos tales como: tratarse de obras privadas nuevas o que posean un grado de avance inferior a 50%; estas obras deben estar sujetas a la autorización y control de alguna autoridad competente; los fondos que se afecten a la inversión tienen que haber sido declarados en Ganancias y Bienes Personales; etcétera.
Contemplando que muchos potenciales inversores no tienen declarados esos fondos, el proyecto incluye un nuevo blanqueo de dinero, bajo el título de “Normalización de la Tenencia para Reactivar la Construcción Federal Argentina”. En ese orden de ideas, tanto las personas físicas como las jurídicas pueden declarar -de manera voluntaria- la tenencia de dinero en el país y/o en el exterior, debiendo pagar un impuesto especial que va de cinco a 20 por ciento. Quienes entren al blanqueo dentro de los 60 días de sancionada la ley, pagarán sólo cinco por ciento; quienes regularicen dentro de los 90 días, tienen que pagar 10% y los que lo hagan dentro de los 120 días, deberán afrontar el pago de 20%. Otro requisito que fija la ley es que los fondos no provengan de la comisión de los delitos de lavado de dinero o narcotráfico; y que las sumas en el exterior estén depositadas en una entidad que no se encuentre en la “lista roja” del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
Acerca de los beneficios de este blanqueo podemos citar la liberación del pago de los impuestos que hubieran omitido declarar, incluyendo el impuesto a las Ganancias, el IVA, el impuesto a las Ganancias por Salidas no Documentadas, el Impuesto sobre los Débitos y Créditos Bancarios, el de Transferencia de Inmuebles, sobre los Bienes Personales, etcétera. Asimismo, la AFIP estará dispensada de formular denuncia penal respecto de los delitos penales tributarios y previsionales -leyes 23771, 24769 y 27430-; los delitos penales aduaneros -ley 22415-, los delitos penales cambiarios -ley 19359-; etcétera.
Al final, el último título establece la Consolidación de Obra Pública para Vivienda Social. Se estima que se podrán terminar 55 mil viviendas iniciadas por el gobierno anterior.
Entonces, ¿cuál es la magnitud de este blanqueo y cuáles son sus efectos?
Es un blanqueo muy importante. Además, repitiendo lo que suelen establecer otros blanqueos, se dispone que no podrán adherirse los funcionarios públicos de los tres órdenes de Gobierno: Poder Ejecutivo, Poder Judicial y Poder Legislativo. Contemplando que el dinero “en negro” usualmente se encuentra a nombre de testaferros, esta exclusión es simbólica. Hay que aclarar, estimo necesario, que la norma fue sancionada por unanimidad de 62 votos, pero la bancada de Juntos por el Cambio votó en contra del capítulo referido al blanqueo y criticó el hecho de que el incentivo propuesto por el Poder Ejecutivo se limite a la construcción, excluyendo otros sectores productivos. Es innegable que la construcción es un motor potente para dinamizar la economía y generar empleo, con impacto transversal en diversas cadenas productivas, tal y cómo lo expresó nuestro ministro de Economía. Sin embargo, el costo fiscal de estos blanqueos es brutal, incalculable. Pensemos en 35% de impuesto a las Ganancias, 21% de IVA, impuesto sobre los Débitos y Créditos Bancarios 1,2%; etcétera. Se evidencia, de igual manera, la ineficiencia del Estado para cumplir con su rol de buen administrador, lo que supone detectar los ilícitos, inclusive, antes de que se produzcan.
Contribuyente cumplidor, contribuyente perdedor
Según el especialista, una vez más –desafortunadamente- quienes cumplieron sus obligaciones en legal tiempo y forma son los perjudicados. “También se alienta, con la sanción de esta clase de leyes, la evasión, el contrabando, el tráfico de dinero al margen de la ley, los delitos cambiarios; etcétera. Es una muy mala señal”, concluyó Sequeira.
Es un gatopardismo, cambiamos para no cambiar nada, nuestra profesión está pidiendo un reforma fiscal sería,hoy con una presión fiscal de 170 tributos hace inviable cualquier crecimiento
Me parece que esto no son más que parches y teniendo en cuenta el año electoral.La profesión hace tiempo viene reclamando una reforma fiscal integral, actualmente hay 170 impuestos que hacen inviable sobre todo a las pymes generar inversiones y más empleo.Amen de ello la falta de seguridad jurídica.Es un gatopardismo cambiamos para no cambiar NADA.