jueves 21, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

La tokenización, la generación eléctrica distribuida y las comunidades energéticamente autosustentables

Foto áerea del Brooklyn Micro Grid
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Por Sebastián Heredia Querro (*)

En la primera entrega de esta columna se presentó el concepto de la Web3 y se describió el funcionamiento y los atributos de las DLT (Distributed Ledger Technologies) como género de tecnologías, haciendo foco en las blockchains como una de sus especies más “afamadas”. 

En la segunda entrega se analizaron casos recientes de utilización de las DLT por el sector público, para generar mayor transparencia y mayor eficiencia en los procesos de compra pública; y en la tercera entrega se analizó el uso de la tokenización como herramienta de estímulo local, al nivel de las ciudades, que permite vincular a los gobiernos y a los ciudadanos alineándolos en pos de objetivos mutuamente beneficiosos. 

En esta cuarta entrega se aborda el uso de la tokenización como capa tecnológica que permite diseñar y crear comunidades energéticamente autosustentables. Se comentan casos existentes y se resaltan los aspectos de política pública relevantes para que las Comunidades Energéticamente Autosustentables puedan desarrollarse.   

Brooklyn Micro Grid (BMG)

En el capítulo VI de mi manual open-source Smart Contracts: ¿Qué son, para qué sirven y para qué no servirán? se mencionan algunos casos que involucran el uso de DLT, la tokenización y la energía eléctrica, incluyendo el caso Brooklyn Micro Grid (BMG).

BMG es un proyecto que se inició en 2016, impulsado por una compañía -una startup en ese momento- llamada LO3 Energy, que se asoció con Siemens para desarrollar la primera microrred comunitaria de prosumidores solares. 

Esta interesante utilización de la blockchain propone (¡y permite!): (i) que los prosumidores (vecinos y comercios que son dueños de paneles solares conectados a BMG) puedan vender entre ellos (P2P) su energía excedente al mercado digital operado por BMG; (ii) de esta forma, los prosumidores se liberan del monopolio natural de la empresa que opera la red de distribución de energía (en la industria se las denomina utilities, y en el  caso cordobés, nuestra EPEC y las +400 cooperativas nucleadas en FACE y Fecescor), que suele ser el “único comprador” de la energía solar así producida, pagando al prosumidor normalmente sólo con un descuento contra la próxima factura de consumo eléctrico; y (iii) la energía solar generada en el domicilio se distribuye, almacena y comercializa P2P a través de la microrred de BMG, utilizando tokens criptográficos que representan el valor de la energía así generada y transferida entre quienes la producen y quienes la demandan.   

De Nueva York a Medellín

Más recientemente, en 2020, un proyecto similar bautizado TransActive Energy Colombia inició su fase piloto de prueba en la Comuna 13 de la Ciudad de Medellín, incorporando una interesante (y muy necesaria) perspectiva de género. Este proyecto es impulsado por una muy atrayente alianza público-privada: dentro del programa Transforming Systems through Partnership (TSP), de la Real Academia de Ingeniería del Reino Unido, financiado por el Fondo Newton, en conjunto con investigadores de la University College London, la Universidad EIA, Empresas Públicas de Medellín (EPM), ERCO Energía y NEU Energy.

La idea subyacente es similar a la de BMG. A septiembre de 2020, el piloto había posibilitado más de 4.000 transacciones y el intercambio de más de 1,8 MWh, permitiendo avizorar un cambio en el consumo de energía y una concientización de todos los miembros participantes en el uso racional del recurso, disminuyendo su consumo de energía 20% en promedio. A esta gran ganancia se suma la comunicación y el trueque, no solo de energía sino de experiencias entre los miembros, permitiendo incrementar un sentido de pertenencia a la comunidad, así como un sentido de responsabilidad

Este proyecto colombiano busca generar un modelo de negocio replicable y escalable, para que las comunidades energéticas de bajos recursos se conviertan en un componente clave de la transición energética, y fomentar la participación de las personas de comunidades vulnerables en nuevos negocios de energía.

Para poder viabilizar este proyecto se realizó una microrred virtual conectando a usuarios de bajos ingresos de la Comuna 13, se instalaron tres sistemas de generación de energía fotovoltaica de 1,4 kWp y una de 4,5 kWp, en total 8.22 kWp. Adicionalmente, en un centro comunitario se instaló una batería de 4,5 kWh. En los 13 casos se hizo la instalación de medidores inteligentes.

Este piloto fue pensado para poner a prueba un modelo revolucionario de energía renovable que maximiza el impacto en las comunidades. Se instalaron plantas solares en casas de estratos 1, 2, y 3, y se conectaron con posibles compradores de estratos más altos por medio de una microrred digital.

Gracias a una aplicación digital, NEU, se desarrolló una infraestructura virtual con algoritmos que instalan y distribuyen la energía automáticamente entre los miembros de la red y, a través de un análisis basado en datos, hubo una implementación de notificaciones inteligente para lograr eficiencia energética conductual en el uso de la energía, en cada caso.

Como se dijo más arriba, este proyecto incorpora la perspectiva de género como diferencial: es mujer aproximadamente 50% de los beneficiarios del proyecto; mujeres quienes se han involucrado en la gestión de su propia energía, en el proceso de concientización de los recursos a los cuales tienen acceso; mujeres madres y cabezas de familia que por el hecho de haberles despertado un interés por las energías renovables generan un cambio, no sólo en ellas sino en sus familias. 

Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y la transición energética

Proyectos como los arriba descriptos se vinculan directamente con los ODS #7, #8, #9, #11, #12, #13 y #17, y requieren de un fuerte apoyo regulatorio y normativo para que estas comunidades energéticas puedan gestarse y desarrollarse. 

Nuestro país sancionó en 2017 la ley Nº 27424, mediante la que se creó el Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable Integrada a la Red Eléctrica Pública. Establece el marco regulatorio para que todos los ciudadanos conectados a la red eléctrica puedan generar energía para su autoconsumo en hogares, pymes, grandes industrias, comercios, producción agrícola, entes públicos y organismos oficiales, entre otros. El excedente de energía generada podrá ser inyectado a la red, recibiendo una compensación por ello. Los usuarios-generadores (UG, o prosumidores) podrán, asimismo, acceder a una serie de beneficios promocionales, pero la instalación del equipo estará a cargo del usuario interesado y deberá ser realizada por un instalador calificado autorizado, siguiendo los parámetros técnicos establecidos en la normativa. A casi cuatro años de la sanción de esa ley, en el país existen 5.572 Kw generados de manera distribuida, casi 6 MW, de los cuales casi 3.500 Kw son aportados por Córdoba. Hay unos 307 proyectos que cuentan con la reserva aprobada, de los cuales 72 esperan el reemplazador del medidor por uno bidireccional. 

¿Córdoba Smart Grid a la vista?

En 2019, la Provincia de Córdoba adhirió al régimen nacional mediante la ley Nº 10604, que fue reglamentada por el decreto Nº 132/2019. Debe destacarse de manera especial que la citada reglamentación exime de impuesto a los Ingresos Brutos a los recursos provenientes del desarrollo de la actividad de inyección de energía eléctrica distribuida, generada a partir de fuentes renovables de energía, por parte de los usuarios-generadores, siempre que su conexión a la red de distribución no exceda la cantidad de kilovatios que establezca la autoridad de aplicación, y den cumplimiento a los requisitos y demás autorizaciones que aquélla establezca. El régimen cordobés prevé también exención en el impuesto de Sellos y reducción de alícuota en el impuesto Inmobiliario. 

Energía renovable y economía del conocimiento: ¿Síntesis virtuosa?

El desarrollo tecnológico de una blockchain que soporte las funcionalidades vistas en los casos de Nueva York y Medellín -un micro smart grid que permita transaccionar flujos energéticos excedentes generados de manera renovable -solar- y entre vecinos -o entre empresas y vecinos-, puede ser enmarcado en el Régimen de Economía del Conocimiento. Tal encuadre puede disparar otros importantes beneficios fiscales para el proyecto, que mejoren aún más la rentabilidad social y ambiental proyectada y se suman a los importantes beneficios fiscales e instrumentos creados por la ley Nº 27424, administrados por el Fondo Fiduciario para el Desarrollo de la Generación Distribuida -Fodis-, incluyendo el (nuevo) certificado de crédito fiscal de hasta 50% del costo de combustible fósil desplazado durante la vida útil del sistema de generación distribuida, la amortización acelerada en el impuesto a las Ganancias por la adquisición de bienes de capital para la fabricación de equipos e insumos destinados a la generación distribuida de energía a partir de fuentes renovables; o la devolución anticipada del IVA por la adquisición de este tipo de bienes, entre otros.

Puede también considerarse impulsar su integración y montaje directo en blockchains ya desarrolladas, idealmente públicas pero permisionadas -como LACChain-, lo  que puede ser una alternativa costo-efectiva muy viable para testear algún piloto. 

El modelo está ya muy estudiado en términos de estandarización por el NIST, National Institute of Standards and Technology; y por la Agencia Internacional de Energías Renovables. En términos de implementación, sin dudas la ciudad de Mannheim, en Alemania, fue y es un interesante modelo a seguir. En la materia también se destaca China, muy avanzada en esta carrera: no sólo ya lanzó exitosamente su CBDC sino que también utiliza blockchain en el back office de su gigante State Grid Corp. a escala nacional, y hasta tiene un laboratorio in-house de blockchain. Sus universidades y laboratorios promueven activamente el estudio y diseño de blockchains privadas para generar comunidades energéticas autosustentables. Finalmente, China es también el mayor colocador de sincrofasores -PMU- del mundo -i.e., un dispositivo IoT que cuesta US$2.500 en promedio, que juega un rol clave en estas nuevas redes-. 

Evidentemente, se está frente a un muy potente caso de uso, permitido gracias a la tokenización en y de la Web3; y se trata además de un caso de uso completamente alineado a los ODS y, también, de una forma inteligente de adaptación y mitigación del cambio climático. Pero su materialización en nuestras latitudes requiere de muchas (más) medidas regulatorias de estímulo y, principalmente, de diversas colaboraciones y alianzas entre los tres sectores públicos -Nación, provincias y municipios-; muy especialmente se requiere de la colaboración de las empresas públicas, como también de los emprendedores y también de las grandes empresas; se necesitan universidades, y poner las comunidades, a los vecinos y los centros vecinales en el centro de estas microrredes con un enfoque de Design Thinking. Last but not least, no olvidemos que, como siempre, se necesita de alguien que financie el (aún hoy alto) costo de instalación de toda la infraestructura necesaria (promedio de US$5.300 por casa, a la fecha de escribirse esta nota).


(*) Magíster en Derecho Empresario y magíster en Finanzas. Director de la Sala de Derecho y Tecnología del Colegio de Abogados de Córdoba. Codirector de la Diplomatura #D4T (Universidad Católica de Córdoba). Cofundador y CEO de Tokenize-IT y autor de la obra open-sourceSmart Contracts: Qué son, para qué sirven y para qué no servirán

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