La Sala D de la Cámara Nacional de la Apelaciones en lo Civil, integrada por los jueces Gastón Matías Polo Olivera y Gabriel Gerardo Rolleri, rechazó una demanda impulsada por un consumidor contra una empresa que comercializa bombones de chocolate, a la que acusó de venderle un producto en mal estado.
El conflicto se inició en septiembre de 2017, cuando el demandante, según su relato, adquirió una caja de bombones comercializada por la empresa demandada para consumirlos y disfrutarlos junto a su tía, a quien quería sorprender. Sin embargo, afirmó que al consumirlo su tía “inmediatamente se descompuso” dado que los bombones “no se encontraban en un buen estado de conservación”.
La alzada concluyó que “no se ha podido acreditar que haya sido la empresa demandada quien tenía los bombones en mal estado al momento de su comercialización”. La pericia concluyó que no era posible determinar el estado de los bombones a la fecha de compra, ya que fueron guardados durante varios meses en un freezer.
Los camaristas consideraron que “no se ha verificado que, en la fecha indicada en la demanda, el alimento presuntamente consumido se encontrase en mal estado” y señalaron que los chocolates “pudieron haber estado en un ambiente que permitiera su putrefacción desde el día de su adquisición” hasta la fecha que el consumidor notó visible estado de descomposición.