La sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la responsabilidad de una empleadora por los daños que sufrió una mujer al caer desde una escalera mientras realizaba tareas domésticas.
La mujer se desempeñaba como empleada doméstica en el domicilio de la demandada, donde sufrió una caída de escalera de aproximadamente 2-3 metros de altura. Según consta en la causa, sufrió “impacto maxilofacial con fractura de piezas dentarias y traumatismo en brazo derecho”.
Los camaristas recordaron que el damnificado puede ampararse en el régimen de la ley de accidentes de trabajo o el ejercicio de la acción de derecho común. “En la especie, no quedan dudas de que la accionante eligió ampararse en la normativa civil”, advirtió el tribunal.
Los jueces también confirmaron que entre las partes litigantes existió una relación de trabajo y que el accidente sucedió en ocasión en la que se encontraba desempeñando sus tareas habituales, en horario regular de trabajo.