sábado 23, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Revocan procesamiento contra un hombre que tuiteó contra Macri

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El imputado había insultado al ex presidente, supuestamente por un aumento de nafta, y amenazó con poner una bomba en la Casa Rosada, acompañando el mensaje con un improperio

La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata revocó el procesamiento por el delito de intimidación pública de un hombre que tuiteó: “Macri la c… de tu madre te voy a poner una bomba en la Casa Rosada hdp, ni cargar nafta se puede ya, voy a volver a la bicicleta”.

El tribunal admitió el recurso de la defensa que se trataron de expresiones hechas con animus jocandi (espíritu o intención de broma) por las que no resultaba alarmada alguna persona y -por lo tanto- no existía delito, equiparando la situación al caso en el que un alumno llamó al 911 advirtiendo la existencia de una bomba en un establecimiento educativo, lo que motivó la movilización de las fuerzas de seguridad.

“El tweet emitido por el usuario no puede ser considerado siquiera remotamente como una acción constitutiva del delito previsto en el artículo 211 del Código Penal”, consignaron los camaristas César Álvarez y Jorge Di Lorenzo, para quienes la figura por la que se procesó al hombre “exige una ultrafinalidad determinada y establece una serie de acciones posibles para llevarla a cabo”.

El fallo subrayó que, en el caso, no sólo no se precisó en cuál de las acciones recaería la conducta atribuida (la resolución tanto la expresión dar voces de alarma como amenazar con la comisión de un delito de peligro común), sino que claramente de la lectura del tuit no puede desprenderse el objetivo de infundir un temor público o suscitar tumultos o desórdenes.

La resolución destacó que ese objetivo “no es compatible con la dinámica que actualmente han tomado redes sociales como la mentada”, y que si bien se trata “de expresiones que bien pueden ser catalogadas como ofensivas -máxime tratándose de quien al momento de los hechos era presidente de la Nación (independientemente de la afinidad política que se tenga o no con este)- “no era el derecho penal “el llamado a resolver estas cuestiones”.

“El tweet en cuestión no se distingue de otras expresiones que se observan en los intercambios que se dan en las redes sociales, especialmente Twitter, que permiten verificar el crecimiento de posiciones de intolerancia, que lejos están de ser beneficiosos para la identificación del robusto intercambio discursivo que una sociedad democrática requiere, pero que, a partir del reconocimiento de la libertad de expresión, mal puede poner en marcha una persecución penal”, apuntó la alzada, que finalmente concluyó que el contexto general en que se realizó el tuit, “da a entender que se trata de una broma, eventualmente de pésimo gusto, pero de una broma al fin”.

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