En tal sentido, los licenciatarios del servicio de comunicaciones podrán aplicar el incremento retroactivo al 1 de julio de 2021 en el valor de los precios minoristas de cualquiera de sus planes en las modalidades pospagas y mixtas, tomando como referencia sus precios vigentes y autorizados. Los aumentos ya efectuados y que superen los valores expresamente autorizados deberá ser reintegrados a sus usuarios en la próxima factura, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientespor mora en el pago de facturas
El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.