Un nuevo informe de la OIT se focaliza en los riesgos que presentan las nuevas modalidades remotas, que crecieron debido a la crisis sanitaria del coronavirus
Además de la emergencia sanitaria y la catástrofe humanitaria que supuso la llegada del coronavirus en todo el mundo, entre las principales consecuencias de la crisis derivada de la pandemia se encuentran los cambios significativos en el entorno de trabajo.
En este sentido, desarrollar tareas laborales remotas o en “modo home office”se convirtió en los últimos 15 meses más en la normalidad que en la excepción para muchos de los equipos que antes desarrollaban sus labores de manera presencial.
Ya pasado un año de la irrupción del covid-19 en las vidas de las personas, y luego de un período en el que se ponderó esta alternativa como una “solución permanente”, cada día se conocen mayores datos sobre los riesgos que puede conllevar para la salud el hecho de adherir a esta modalidad.
Así, un nuevo informe publicado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) esta semana enumeró los principales factores negativos que pueden atentar contra la salud de colaboradores que se encuentran ejerciendo su profesión u oficio en relación de dependencia desde sus hogares.
El documento, titulado “Desafíos y oportunidades del teletrabajo en América Latina y el Caribe”, de Roxana Maurizio, especifica una lista de problemáticas asociadas que han podido constatarse en los últimos meses.
Entre estas cuestiones, se destaca el impacto negativo en la salud mental de las extensas jornadas laborales” y el hecho de que muchas personas tienen la percepción de necesitar “estar disponible en todo momento”.
“Si bien el teletrabajo y, más en general el trabajo desde el domicilio, pueden evitar o reducir los riesgos de accidentes que pueden ocurrir en el recorrido desde y hacia el lugar de trabajo, esta modalidad puede ir aparejada de nuevos riesgos laborales, tanto físicos como mentales”, asegura el documento en un apartado específico sobre el tema.
“Entre los factores que pueden afectar negativamente la salud mental de los trabajadores se encuentran las extensas jornadas laborales, la necesidad o percepción de estar disponible en todo momento y las altas cargas”, precisa el informe, que enfatiza en la necesidad de que las políticas públicas contemplen estos puntos centrales.
“Adicionalmente, el contexto excepcional de la pandemia, donde el teletrabajo ha estado acompañado de sedentarismo, aislamiento y mayores demandas de cuidado frente al cierre los establecimientos educativos, ha dado origen o intensificado factores de riesgo psicosociales”, advirtió la especialista, recordando que “la inadecuada atención a los aspectos inherentes a la seguridad y salud no sólo pueden tener impactos negativos en los trabajadores sino, también, en las organizaciones a través de aumentos del ausentismo y deterioros en la productividad”.
Números
Según los datos de la OIT publicados esta semana en su sitio web, en América Latina y el Caribe, entre 20 y 30 por ciento de los asalariados que estuvieron efectivamente trabajando durante las medidas de confinamiento lo hicieron desde sus domicilio. La organización destaca que esa cifra era inferior a 3% en 2019.
En este sentido, se estima que el total de personas que desarrollaron sus tareas desde su casa en este tiempo en todo el subcontinente ascendió durante el año pasado a 23 millones.
“El trabajo remoto, por lo tanto, facilitó la continuidad de ciertas actividades económicas y de la relación laboral. Ello resultó de particular importancia teniendo en cuenta el fuerte impacto de la crisis en los mercados de la región, que se expresó en significativas pérdidas de ocupaciones y de horas trabajadas” precisó el informe.
“Sin embargo, si bien este fenómeno no es nuevo, varias dimensiones relevantes diferencian la naturaleza del trabajo desde el domicilio antes y durante la vigencia de las medidas de confinamiento y de restricción a la movilidad de las personas”, se explicó.
Bajo estas consideraciones, en este contexto se pudo advertir de que “mientras que anteriormente el trabajo a domicilio se constituía como una modalidad de empleo que se esperaba contribuyera a una mejor conciliación con las responsabilidades familiares, durante la emergencia sanitaria las dificultades para la realización del trabajo desde el hogar se incrementaron de la mano del cierre de las escuelas y de los espacios de cuidado”, lo cual “afectó en forma especial a las mujeres, dado que las responsabilidades familiares siguen recayendo mayormente sobre ellas”, aseguró el texto publicado online.
Situación actual
Para la entidad, el contexto de pandemia supone interesantes avances en materia de regulación del teletrabajo en la región.
No obstante, dicen los especialistas, el incremento en el uso de esta modalidad “expuso una multiplicidad de desafíos que deben ser abordados de modo de asegurar que contribuya positivamente al mundo de trabajo, tanto para las empresas como para los trabajadores”.
En este sentido, la OIT confía en que “es posible” identificar “buenas prácticas”, que tiendan a la protección de los derechos, la salud y el bienestar de las personas y que contribuyan a generar nuevos parámetros para las culturas organizativas.
Regulación en Argentina
Un cuadro comparativo presentado por la OIT en el informe, precisa ocho puntos centrales que deben tener en cuenta las legislaciones de los países en materia de teletrabajo: definición legal, reglas y condiciones del empleo, protección de datos y privacidad, seguridad y salud, disposiciones sobre los costos que asumen las partes, información sobre el equipo y compensación de costos, acuerdo escrito entre supervisor y trabajador y capacitación específica.
Particularmente en Argentina, la normativa aprobada contempla siete de estos ocho aspectos, siendo una de las más completas relevadas por la entidad internacional.
De hecho, la legislación que se aplica en el territorio nacional considera incluso las cuestiones relacionadas con la salud y la seguridad, refiriendo al equipamiento, la utilización de pantallas, el estrés y la salud mental. No obstante, no hay indicaciones sobre el tema de la formación particular sobre teletrabajo.En el cuadro comparativo figuran once naciones, de las cuales ninguna cumple con el total de los criterios, Argentina es la única que cumple con siete puntos. Es seguida por Costa Rica, Panamá, Chile, México y Paraguay que abordan seis de estos elementos en sus legislaciones. Luego, se ubican Brasil con cinco; Perú, El Salvador y Colombia con cuatro ítems; y finalmente Ecuador con tres.