Tanto para aquellas comercializadas como para aquellas no comercializadas se devengará un monto anual de $35.550. Los titulares de los certificados podrán abonar el importe de mantenimiento correspondiente al año 2020, que surja de la declaración jurada respectiva, en seis cuotas mensuales con vencimiento la primera de ellas el día 20 de julio o en cuatro cuotas mensuales, con vencimiento la primera cuota el día 20 de septiembre. Finalmente, se podrá abonar en un único hasta el día 30 de noviembre de 2021 El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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