domingo 24, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Reglamentan mecanismo de designación para la presidencia de la Cámara Única del Trabajo

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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ), por acuerdo reglamentario N° 1697, serie A, reglamentó el mecanismo de designación de la presidencia de la Cámara Única del Trabajo, de conformidad con lo prescripto por la Ley Orgánica del Poder Judicial. Asimismo, redefinió sus atribuciones en virtud de la necesidad de adoptar una serie de medidas de superintendencia relativas al funcionamiento de la cámara y de sus salas, “a los fines de incrementar la celeridad y eficiencia con motivo del traslado a la nueva sede tribunalicia”.

Respecto de la modalidad de cobertura del cargo, el TSJ especificó que, a los fines de garantizar un mecanismo que resulte igualitario y que asegure una equitativa distribución de las cargas, se convocará anualmente, según el orden numérico preexistente, a quien presida la Sala Primera del Trabajo para el período 2022, que será luego sucedido por quien lo haga en la Sala Segunda para el período 2023, y así sucesivamente. La propuesta y la designación ocurrirá en diciembre de cada año.

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