En España, los inspectores de trabajo comenzarán a valorar factores psicológicos en el empleo como parte de su evaluación de riesgos laborales.
La medida implica que las empresas deberán informarles a las autoridades qué hacen para prevenir el impacto del estrés o la ansiedad en sus empleados si quieren evitar ser sancionadas.
El nuevo criterio surge de varias sentencias dictadas en el país y de acuerdos y reformas legales acordadas dentro de la Unión Europea (UE).
Sólo algunas actividades contemplaban la revisión de posibles perjuicios a la salud mental, como la de los controladores aéreos, pero a partir de ahora se relevarán otras, como hostelería, educación y comercio.
Entre los factores que revisarán los funcionarios figuran el horario, la carga física y el denominado “derecho a desconexión”.
Entre otras cosas, ante denuncias o por inspecciones aleatorias deberán establecer si la firma en cuestión detectó o intentó detectar situaciones como la realización de tareas repetitivas, alienantes o desagradables y el volumen de la carga laboral (sea por exceso o por defecto).