La ley de teletrabajo, sancionada en julio del año pasado, no regirá para los empleados que laboren con esa modalidad debido a la pandemia del Covid-19, hasta tanto finalicen las restricciones sanitarias.
Así lo dispuso el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que dirige Claudio Moroni, a través de la resolución 142/21, publicada este viernes en el Boletín Oficial.
En el texto se considera que dado que las medidas de distanciamiento social continúan vigentes, el hecho de que muchos trabajadores hayan tenido que adoptar la modalidad de teletrabajo no podrá sustituir el acuerdo de voluntad de las partes en los términos del artículo 7 de la Ley 27.555.
Así, la situación de los empleados que no retornaron a sus puestos habituales no podrá encuadrarse en el principio de “voluntariedad” establecido en la norma, y por eso recién podrán acogerse a sus beneficios cuando finalicen las restricciones.