jueves 14, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Corrigen fecha de extinción laboral y ordenan pago por protección de la maternidad

CONCLUSIÓN. El tribunal subrayó que la demandada no pudo acreditar que el despido no fue por el embarazo.
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Al evaluar las constancias de la causa, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba admitió la casación planteada por la accionante y mandó a recalcular la indemnización por despedirla embarazada

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