El juez porteño Roberto Gallardo le ordenó al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) que le otorgue una vacante en un jardín maternal nivel inicial a una niña de un año, en un radio cercano a su domicilio, pese a que el Tribunal Superior de Justicia de la jurisdicción estableció que el Estado no tenía obligación de hacerlo.
El magistrado admitió el reclamo del padre de la nena y le otorgó la cautelar que pidió, en la institución que indicó.
Supletoriamente, mandó a asegurar la vacante “en algún establecimiento educativo de gestión pública con jornada simple extendida” que se ubique dentro del radio de dos mil metros del domicilio de la familia, en el barrio de Palermo, o pagando “la totalidad de las erogaciones” que impliquen la asistencia de la pequeña a una escuela infantil o jardín de infantes de gestión privada dentro del mismo radio.
“La negativa a otorgar a la niña una vacante en alguna de las escuelas elegidas, sin ningún fundamento concreto, constituye, en principio, un obstáculo inaceptable al normal ejercicio del derecho a recibir, de parte del Estado, la educación gratuita garantizada tanto en la Constitución y leyes locales como en las normas internacionales de rango constitucional”, estimó el sentenciante.