La Corte Suprema confirmó la inocencia de Carlos Carrascosa por el crimen de su esposa, María Marta García Belsunce.
“El recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, resulta inadmisible”, afirmó el Máximo Tribunal.
Cabe recordar que el procurador General interino de la Nación, Eduardo Casal, había dictaminado a favor de Carrascosa.
Consideró que la Corte debía desestimar la última apelación que hizo el Ministerio Público Fiscal bonaerense a la absolución que le fue dictada en 2016.
“El recurso extraordinario por arbitrariedad de sentencia es de naturaleza excepcional, pues no le corresponde a la Corte sustituir a los jueces de la Provincia en temas de prueba y de derecho común y procesal local”, enfatizó Casal en su dictamen.
En tanto, indicó que la doctrina de la arbitrariedad de sentencia no tiene por objeto corregir fallos que las partes puedan reputar equivocados sino suplir defectos realmente graves de razonamiento.
“No encuentro en ese trámite la violación del derecho de defensa que alega el recurrente ni, por ello, razones para objetar la sentencia de la Corte bonaerense que permitan fundar la competencia por apelación del tribunal según su doctrina de la arbitrariedad”, concluyó.