En consecuencia, se dispuso que el beneficio que perciben los bomberos voluntarios será equivalente a 2,5 haberes jubilatorios mínimos que abone la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba y la pensión de 80% de ese monto. En el supuesto de fallecimiento en servicio, el haber de la pensión será equivalente al 100%
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