Por resolución de la Fiscalía Tributaria Adjunta, los procuradores podrán avanzar con medidas sobre haberes o jubilaciones sin las restricciones vigentes desde que comenzó la cuarentena. La nueva “normalidad” tendrá, sin embargo, en consideración las situaciones de cada contribuyente. En tanto, los ingresos de octubre subieron, pero los propios siguen abajo en términos reales
La Fiscalía Tributaria Adjunta avanzó ayer con la autorización a los procuradores fiscales para utilizar la herramienta del embargo sobre “haberes o cuentas sueldo” en el marco de las demandas que se inicien por obligaciones adeudadas con la Dirección de Rentas.
La decisión aparece reflejada en la resolución 1839 publicada ayer en el Boletín Oficial y firmada por el fiscal Tributario Adjunto, Adrián Alberto Daniele (Ver sección Leyes y Comentarios).
La determinación se produjo mientras se conoció que la recaudación provincial registró una suba de 10 por ciento en términos reales, sólo a partir del extraordinario aumento de la coparticipación, que traccionó una nueva baja de los recursos provinciales.
La estrategia fiscal forma parte de la “nueva normalidad” del organismo recaudador provincial que procura recuperar el terreno perdido por el parate judicial y el impacto de la cuarentena dura en el marco de la pandemia.
De acuerdo con datos a los que tuvo acceso Comercio y Justicia, ahora los procuradores que trabajan para Rentas, tendrán mayor flexibilidad para realizar una tarea que en rigor ya venían desempeñando previo a la cuarentena dispuesta el 20 de marzo pasado.
De hecho, existían numerosos embargos e inhibiciones y también incluso remates que habían sido dispuestos previo a esa fecha pero que finalmente no se aplicaron una vez dispuestas las medidas de restricción.
La decisión de frenar los plazos administrativos y diferentes medidas en el mismo sentido se mantuvo en el tiempo hasta agosto, cuando Rentas resolvió “descongelar los plazos” para determinadas acciones, tal como anticipó este medio oportunamente.
Esa estrategia permitió retomar acciones para recuperar deudas reclamadas y en diferentes instancias pero que habían quedado frenadas desde el 20 de marzo.
Ahora, la última decisión se conoció ayer e involucra el accionar de los procuradores.
Concretamente, la resolución autoriza a “todos los procuradores fiscales a la utilización del embargo sobre haberes y/o cuentas sueldo, respecto de demandados que posean relación laboral de dependencia acreditada”.
Esa determinación los habilita a “aplicar esta medida, tanto sobre haberes de demandados que se encuentren en situación laboral activa, como así también,sobre haberes de demandados que se encuentren en situación laboral pasiva (jubilados, pensionados y/o con retiro)”.
En tanto, el artículo 2 de la norma ratifica “todos los embargos sobre haberes y/o cuentas sueldo, que hubiesen solicitado los procuradores fiscales en los expedientes ejecutivos fiscales asignados, y que no hayan sido admitidas oportunamente por los Tribunales Provinciales con competencia en ejecuciones fiscales, por encontrarse supeditadas a la presente ratificación”.
De cualquier manera, fuentes oficiales aseguraron que la medida no implica dar “vía libre” a los abogados que litigan para el fisco a accionar de manera irrestricta.
“Seguimos con atención cada situación en particular sólo que ahora la Resolución agiliza la tramitación de las medidas que antes debían ser habilitadas una por una por la Fiscalía”, reveló un informante.
La dinámica de trabajo de los procuradores entra en acción cuando los plazos administrativos y reclamos por esa vía se agotaron y el contribuyente no regulariza su situación en esa instancia. Es entonces cuando se inicia el proceso prejudicial primero y luego directamente comienza una demanda que tiene como una de sus herramientas al embargo, la inhibición de bienes y hasta incluso el remate, situación esta última que por ahora está prácticamente suspendida.
Como para dimensionar el alcance de la determinación, desde ahora habrá más de una decena de acciones diarias frente a una o dos por día que había con antelación a la medida.
En los considerandos de la norma, la Fiscalía señala que “resulta imperioso incrementar el volumen de medidas cautelares en los juicios ejecutivos fiscales activos, a efectos de ampliar la garantía sobre los créditos fiscales reclamados”.
Luego de enumerar cuales son las facultades que tienen los procuradores fiscales, el organismo considera que “la situación de emergencia sanitaria declarada a nivel nacional, ha generado efectos sociales y económicos expansivos en la ciudadanía en general” y que, en paralelo “los Tribunales Provinciales con competencia en Ejecuciones Fiscales, a partir de marzo del año en curso, han supeditado la admisión de las medidas cautelares solicitadas por los procuradores fiscales, a la autorización expresa y/o ratificación por parte del fiscal Tributario Adjunto de la decisión de cautelar el importe cuya ejecución se persigue, por los motivos de emergencia expuestos”.
En ese marco y en “ el contexto económico y social actual, exige más que nunca que los procuradores fiscales ejecuten de manera estratégica y eficiente las medidas cautelares que tienen a su disposición”, situación que amerita la Resolución adoptada ahora por el titular de la Fiscalía Tributaria Adjunta.
Recaudación arriba, sólo por la nacional
Mientras tanto, la recaudación total de octubre alcanzó a $29.756 millones, 47 por ciento mayor a un año atrás y 10 por ciento superior en términos reales.
En tanto, si se compara con 2018 y 2017, los ingresos mostraron una baja real de uno y cinco por ciento, respectivamente. El cotejo tiene que ver con años previos a la crisis económica, particularmente 2017.
El mejor desempeño respecto a meses anteriores,se explicó, ”en gran parte,por el crecimiento registrado en el Impuesto a los Bienes Personales y el Impuesto a las Ganancias. Con relación a Bienes Personales, los giros a la Provincia aumentaron cerca de $1.900 millones respecto de octubre del año pasado, mejora que implica una variación real de 421 por ciento. La aplicación del nuevo régimen de percepción del 35 por ciento sobre las operaciones alcanzadas por el impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS), principalmente la adquisición de moneda extranjera, es uno de los factores que permitió mejorar el desempeño de Ganancias”, explicó la Provincia
Respecto a los recursos provinciales, crecieron en octubre 29 por ciento interanual nominal contra 60 por ciento los de origen nacional. El Impuesto sobre los Ingresos Brutos presentó una caída real interanual superior a uno por ciento
En tanto, Sellos creció por encima de la inflación (12 por ciento real), explicado básicamente por operaciones financieras, donde los bancos actúan como agentes de retención, y transacciones de automotores, donde el Registro de la Propiedad Automotor actúa como agente de recaudación.
Si la comparación se realiza contra octubre del año 2017, última referencia previa a la crisis nacional, las caídas fueron del 16 por ciento real para ingresos brutos y de seis por ciento real para Sellos.
Los impuestos patrimoniales,por su parte, mostraron una caída real de siete por ciento respecto a octubre del 2019. El Inmobiliario registró un incremento nominal de 24 ciento (-7 ciento real), explicado por un incremento del 21 por ciento nominal en el caso del urbano y del 29 por ciento nominal en el caso del rural, ambos por debajo de la inflación. El Automotor, por su parte, aumentó 25 por ciento nominal (caída de seis por ciento real).
Aproximadamente un 2,5 por ciento de la recaudación de origen provincial del mes de octubre está explicada por el pago mediante Títulos de Pago de Acreencias (TIPA).