El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) rechazó las medidas que restringen desde el viernes pasado la entrada y salida de personas de la capital de España y nueve municipios limítrofes de su región, implementadas para frenar los contagios de coronavirus.
El alto tribunal valoró que esas limitaciones suponen “una injerencia de los poderes públicos en los derechos fundamentales de los ciudadanos sin habilitación legal que la ampare”.
La región de Madrid registra alrededor de 700 casos por cada 100 mil habitantes, frente a los 300 casos por 100 mil del resto del país.
El alto tribunal madrileño valoró que esas limitaciones suponen “una injerencia de los poderes públicos en los derechos fundamentales de los ciudadanos sin habilitación legal que la ampare”.
El confinamiento parcial de la población se aplicó después de un intenso intercambio de opiniones entre las autoridades del gobierno central, de izquierda, y las que dirigen la comunidad, más conservadoras, que se oponían a las restricciones; fundamentalmente, por sus consecuencias económicas.
Validez
Las autoridades regionales presentaron el recurso argumentando que las medidas decretadas por el gobierno central no tenían “validez jurídica”.
El TSJM les dio la razón. “Los derechos fundamentales que la Constitución atribuye a los ciudadanos no pueden verse afectados por ninguna injerencia estatal no autorizada por sus representantes mediante una disposición con rango de ley”, expresó.