sábado 23, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

“Cuadernos”: piden soporte fílmico o digital de declaraciones de arrepentidos

INSTRUCTOR. Martínez De Giorgi deberá responder la solicitud.
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El tribunal le cursó su reclamo al Juzgado Federal 11, que investigó el caso. Lo hizo luego de una audiencia en la cual las defensas de los procesados solicitaron que se declare la nulidad de las actuaciones

La Cámara Federal de Casación Penal le pidió al magistrado que lleva la causa “cuadernos”, generada por las anotaciones del chofer Oscar Centeno, el envío con carácter de urgente de “soporte fílmico, digital u otro medio técnico” en el cual se hayan registrado las declaraciones de los imputados arrepentidos del caso, en el marco del acuerdo de colaboración que suscribieron, como medida para mejor proveer y con suspensión del plazo de deliberación.

El tribunal le cursó su reclamo al Juzgado Federal 11, que investigó el caso, luego de una audiencia en la cual las defensas de los procesados solicitaron que se declare la nulidad de  las actuaciones por falta de aquellas constancias, entre otros argumentos.

La casación recordó que su petición se basa en lo establecido en los artículos 6 y 7 de la ley 27304, conocida como “ley del arrepentido”.

En el expediente ya fueron enviados a juicio oral acusados de presunta asociación ilícita y cohecho Ceteno; el ex ministro de Planificación de Vido; la vicepresidente Cristina Fernández, así como diversos empresarios, muchos de los cuales declararon como imputados colaboradores en el caso.

El oficio deberá ser respondido por el juez Marcelo Martínez De Giorgi, quien quedó como subrogante tras el fallecimiento de Claudio Bonadio, el magistrado que envió a debate a los incriminados en la pesquisa.

La parte principal del caso “cuadernos” ya está enviada a juicio y quedó a cargo del Tribunal Oral Federal 7.

 

Testimonios

Cabe recordar que en julio diputados nacionales de Juntos por el Cambio presentaron un proyecto de ley que propone la creación de un sistema especial de protección para testigos y denunciantes en casos por corrupción en el ámbito de la Corte Suprema y fuera del Poder Ejecutivo. La iniciativa fue impulsada en diversas ocasiones desde 2014.

En esa oportunidad, el legislador mendocino Luis Petri aseguró que la falta de un sistema en la materia genera peligro para quienes denuncian a funcionarios públicos. Además, sostuvo que como consecuencia de ello se “desalientan testimonios incriminadores” y se genera “un círculo de impunidad que es necesario romper”.

Petri explicó que es fundamental proteger a quienes colaboran con la Justicia, ya que de lo contrario “terminan siendo perseguidos, acosados y amenazados, colocándose en una situación de riesgo de su vida y la de su familia”.

El radical concluyó que la derogación -mediante decreto 168/20, de febrero- de la agencia que había sido creada por decreto 795/19 fue un rotundo retroceso.

También manifestó que en menos de un año 123 personas se fueron del programa y estimó que ello “habla de la desconfianza que tienen quienes lo integran de que pueda garantizar su protección efectiva”.

Además de Petri, suscribieron el texto Waldo Wolff y Brenda Austin, entre otros.

 

Consejo

A fines de 2019, la anterior Administración le dio mayor autonomía al área -que dejó de depender del Ministerio de Justicia y, consiguientemente, del Ejecutivo- y conformó un consejo consultivo integrado por el presidente de la Cámara Federal de Casación Penal, el Procurador General de la Nación y el secretario de Seguridad de la Nación.

Este verano, Alberto Fernández derogó el decreto de Mauricio Macri que jerarquizó el Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados y le dio rango de agencia.

Petri criticó la decisión y advirtió que iba a impactar en las causas que investigan hechos de corrupción. “Es un contrasentido que el encargado de brindar protección sea el mismo poder denunciado”, enfatizó.

Al anular la norma dictada por la gestión de Cambiemos, el actual Gobierno argumentó que “no existieron circunstancias excepcionales que hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos para la sanción de las leyes”.

De esta forma, se volvió al diseño institucional anterior.

Según el decreto dictado por Macri, darle rango de agencia al programa buscaba garantizar la seguridad de las personas que colaboraran “de modo trascendente y eficiente en una investigación judicial de competencia federal”, razonando que debían tomarse “medidas especiales de protección”.

De hecho, uno de los argumentos centrales de la norma fue “la incorporación de personas que brindaron información en investigaciones judiciales vinculadas a delitos que se habrían cometido en el ejercicio de la función pública”.

 

Ciccone

Cabe recordar que la contramarcha del actual Gobierno se concretó mientras Alejandro Vandenbroele afirmaba que su declaración como arrepentido en la causa Ciccone fue libre.

El ex titular de The Old Fund manifestó que la filtración de su legajo como testigo protegido y, con ello, de la actividad laboral que desempeña, buscó favorecer a Amado Boudou y a otras personas.

“Nadie me pagó ni me ofreció dinero para declarar contra Boudou”, enfatizó el empresario. “El plan de quedarse con Ciccone fue del gobierno K; la idea era hasta fabricar dinero para países de África”, afirmó.

“Yo puedo entender que desde un sector político digan que soy un arrepentido trucho, pero no puedo entender que ciertos sectores del Poder Judicial digan que soy un arrepentido trucho”, dijo. Concretamente, le apuntó al nuevo titular del Consejo de la Magistratura de la Nación, el juez Alberto Lugones, quien habló de “testigos comprados” y alentó a sus colegas a revisar los fallos condenatorios que citan sus declaraciones.

Vandenbroele dijo además que “el grupo de Boudou” le pagó “durante años para que se quedara tranquilo” y que decidió hablar el 2017 gracias al apoyo de su familia.

Según el decreto dictado por Macri en la recta final de su mandato y derogado por Alberto Fernández en febrero, darle rango de agencia al programa buscaba garantizar la seguridad de las personas que colaboraran “de modo trascendente y eficiente en una investigación judicial de competencia federal”, razonando que debían tomarse “medidas especiales de protección”.

Al anular la norma dictada por la gestión de Cambiemos, el actual Gobierno argumentó que no existieron circunstancias excepcionales que hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos para la sanción de las leyes que justificaran la adopción de una medida de excepción como es un DNU.

 

Programa

  • El sistema está regulado por el Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados, que funciona en el ámbito de la Secretaría de Justicia.
  • Se enfoca en testigos e imputados arrepentidos que hubieran realizado un aporte trascendente a una investigación judicial de competencia federal y que, como consecuencia de su colaboración, estén en riesgo.
  • La protección se activa a partir del pedido de la autoridad judicial que recibió la declaración del involucrado, luego del análisis de trascendencia.
  • La solicitud debe ser acompañada por la opinión del representante del Ministerio Público y, a la vez, requiere la conformidad del director del programa, que debe basarse en la viabilidad de la aplicación de las medidas de cuidado y en la adaptabilidad a ellas de la persona cuya incorporación se solicita.
  • Es condición inexcusable para el ingreso la aceptación por parte del beneficiario, ya que implica restricciones al ejercicio de ciertos derechos y además, como en el caso de las custodias policiales, supone una afectación a la intimidad.

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