El tribunal de alzada analizó el plazo que tiene la administración para ejercer la acción por reclamo de impuestos. El cómputo comienza cuando el monto queda firme
El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.