El tribunal entendió que los únicos responsables por los estipendios de la tramitación de la declaratoria son los herederos y no la persona a quien se cedió parte de un inmueble del acervo hereditario
La Cámara 5ª Civil y Comercial de Córdoba admitió el recurso interpuesto por el cesionario de una parte indivisa de un inmueble perteneciente a una herencia, al interpretar que no es heredero de la persona fallecida. El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.