El juez de la Seguridad Social, Juan Fantini, ordenó a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) que arbitre los medios para que los abogados puedan realizar los trámites de los jubilados en forma remota.
La presentación fue efectuada por las asociaciones de Abogados Previsionalistas (ADAP) y de Abogados de Buenos Aires, quienes solicitaron que se habilite a los profesionales inscriptos para tramitar en Anses la iniciación de todos los trámites que se hayan habilitado en el contexto del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
En los fundamentos de la sentencia, el juez Fantini sostuvo que “en un contexto de limitaciones a la circulación dentro del marco de una emergencia pública”, es “cuando más se debe garantizar el derecho de los administrados a recibir, en caso que ellos así lo decidan, la asistencia de un abogado “.
Y agrega que “de una rápida lectura de la normativa dictada por la Anses en lo relativo a la atención virtual en el contexto de cuarentena, no se advierte que se haya contemplado la intervención de letrados ante el organismo administrativo, extremo que resulta inadmisible…”.
Aunque no se notificó de la sentencia, Anses dice que el trámite virtual es sencillo, totalmente gratuito y puede ser realizado sin asistencia de un profesional; que ya habilitó la atención al público en poco más de la mitad de las 400 delegaciones que tiene en todo el país y que ya tenía previsto habilitar la atención virtual de los abogados”.