Por Sebastián A. Gamen (*)
No terminamos de librar la batalla contra la aplicación CuidAR que diputados del interbloque Juntos por el Cambio (JPC) nos sorprende con un proyecto de ley que busca implementar un certificado de inmunidad, queriendo afectar nuevamente derechos constitucionales. Estos certificados buscan identificar a las personas que hayan tenido el Covid-19 y ya estén dadas de alta, es decir que no estén en la fase de contagio y que sean supuestamente inmunes.
Esta gran idea -estoy siendo irónico- del bloque de JPC se intentó implementar en otros países y luego fue descartada, lo que demuestra dos cosas. La primera es que los políticos en Argentina son muy poco originales; y la segunda, que no aprendieron nada de lo que se discutió en otras partes del mundo.
¿Qué se discutió en el mundo?
La Organización Mundial de la Salud (OMS) alertó sobre que no existen pruebas científicas suficientes para afirmar que el virus no pueda contagiarse nuevamente en aquellas personas que lo hayan tenido. En el hipotético caso de que se compruebe científicamente la inmunidad, tampoco se sabe cuánto dura. Por consiguiente, la OMS alertó sobre los pasaportes de inmunidad y recomienda que no se utilicen.
Obteniendo el pasaporte de inmunidad, ¿qué beneficios obtengo?, ¿puedo reintegrarme al trabajo? ¿En detrimento de quién? ¿de los portadores de la enfermedad, en etapa de contagio? ¿O de personas sanas, que no tienen el virus ni lo tuvieron? Discrimino a los sanos para beneficiar a los contagiados sobrevivientes. Suena muy estúpido, y realmente lo es.
A simple vista resulta una discriminación de unos sobre otros que afecta derechos fundamentales de las personas, dependiendo el uso que se le dé a ese pasaporte.
Viola la intimidad de las personas, quienes deberán informar al Estado de su salud. Los datos sobre ésta son sensibles y nadie puede ser obligado a brindarlos. Menos aún para establecer una diferenciación entre quienes puedan trabajar, circular libremente o cualquier otro tipo de derecho por sobre otras personas.
Cuando hablamos de discriminación no cabe ni siquiera un análisis de idoneidad, necesidad o proporcionalidad. La idea de un pasaporte de inmunidad es tan violatoria de las garantías constitucionales que no merece ni la más mínima consideración.
Una cosa es realizar un control de la enfermedad y prevenir la propagación mediante la individualización de quienes tienen el virus y pueden contagiar, y otra muy distinta es discriminar a la población entre inmunizados y todo el resto. Peor aún cuando esa condición no es meramente estadística sino que se podría utilizar para poder trabajar, circular o ejercer el derecho que fuere.
(*) Abogado. Especialista en derecho comercial, derecho informático y TIC