Fue acusado de “entregar” a dos adolescentes a cambio de dinero para “casarlas” y de reducción a la servidumbre. Se cuestionó que las víctimas no fueron notificadas ni escuchadas
El Ministerio Público de Bahía Blanca, y los fiscales María Alejandra Mángano y Marcelo Colombo, cotitulares de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex) presentaron un recurso para que se revoque la prisión domiciliaria dictada a un acusado por trata de personas el 24 de abril, en el marco de la pandemia.
El hombre fue procesado y enviado a juicio por ser coautor de los delitos de “trata de personas, bajo la modalidad de matrimonio forzado, y servidumbre en perjuicio de dos hermanas menores de edad”. Está detenido desde octubre de 2018 y actualmente está alojado en la Unidad 4 Colonia Penal de Santa Rosa del Servicio Penitenciario Federal.
Al otorgarle la domiciliaria, los jueces del tribunal bahiense Mónica Fariña, Marcos Aguerrido y Pablo Díaz tuvieron en cuenta que el hombre de 43 años tiene asma y enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC). Si bien un informe indicó que se encontraba estable y con “función respiratoria dentro de parámetros normales”, los magistrados sostuvieron que era “lo más adecuado” que se aloje fuera de la cárcel mientras dure el contexto de la pandemia.
En su recurso, los fiscales González Da Silva, Mángano y Colombo consideraron que los magistrados no corroboraron el cumplimiento de todos los requisitos recomendados por la Cámara Federal de Casación en las acordadas 3/20 y 9/20 relativos a la aplicación de medidas alternativas a la prisión en el marco excepcional de la pandemia. “Simplemente han mencionado y por lo tanto corroborado la existencia de tan solo uno de los variados requisitos y elementos que de manera conjunta se debían tener en consideración al momento de decidir”, subrayaron.
“Para la concesión de la modalidad de arresto domiciliario debería verificarse un cuadro de situación muy especial que conjugue varios factores que vuelvan recomendable la imposición de la prisión domiciliaria, mientras que no basta con la simple constatación de que el encartado se encuentra dentro del grupo de la población denominada ‘de riesgo’ por las autoridades sanitarias, tal como ha ocurrido en la resolución”, sostuvieron. Agregaron que no se tuvo en cuenta la gravedad del delito imputado; los riesgos procesales que el otorgamiento de la domiciliaria pudiera traer aparejados; y el tiempo transcurrido en prisión preventiva.
Los fiscales recordaron la gravedad de los delitos y la violencia de los hechos por los que fue elevado a juicio. El hombre está acusado, junto con su pareja y la hija de ella, de realizar maniobras tendientes a “entregar” a dos adolescentes a cambio de dinero para “casarlas”. La acusación incluye también la reducción a la servidumbre de los menores de la familia que estaban obligados a la venta ambulante, incluso hasta altas horas de la noche. Los maltratos incluían hacerlos cargo de todo tipo de trabajos domésticos y someterlos a práctica vejatorias que atentaban contra su dignidad e integridad física, sexual y psíquica.
También sostuvieron que lo único que podría traer para las víctimas un reencuentro con el imputado es “la posibilidad cierta de intimidaciones y represalias por los testimonios aportados en esta causa o los que podrían brindar durante el juicio”. Tuvieron en cuenta que, a excepción de dos víctimas, ninguno de los otros menores de edad ha declarado, por lo que “su resguardo y protección amerita el máximo de prudencia por parte de los órganos jurisdiccionales intervinientes”.
Los fiscales cuestionaron que, en el marco de la concesión de la prisión domiciliaria, no se haya dado la posibilidad a las víctimas de ser oídas y remarcaron que ni siquiera fueron contactadas hasta el momento por los organismos de asistencia.
Por otra parte, enfatizaron que deben tenerse presente las obligaciones internacionales relacionadas con la trata de personas y la violencia de género, así como la situación particular de las víctimas de trata en el contexto de la pandemia. “Al conceder la prisión domiciliaria se ignoran todos aquellos compromisos asumidos para que este delito, como una particular forma de violencia contra mujeres y niñas, sea perseguido, sea debidamente penado y se resguarden los derechos y la integridad de sus víctimas”, resumieron.